Síntesis / Resumen
  • Imposibilidad de reclamar frutos o rentas en caso de una desaparición fingida.
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Estado Procesal
Resuelta en fecha 29/06/2020
Sentido de la Resolución

PRIMERO. Es procedente y fundada la presente acción de inconstitucionalidad.
SEGUNDO. Se declara la invalidez del artículo 31, en su porción normativa ‘existir indicios de’, de la Ley Número 236 para la Declaración Especial de Ausencia por Desaparición de Personas para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, publicada en la Gaceta Oficial de dicha entidad federativa el veinte de marzo de dos mil diecinueve, en atención a lo expuesto en el considerando sexto de esta decisión, la cual surtirá sus efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos de esta sentencia al Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en los términos precisados en el considerando séptimo de esta determinación.
TERCERO. Publíquese esta resolución en el Diario Oficial de la Federación, en la Gaceta Oficial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.

Tema de la acción

Derecho a la seguridad jurídica, debido proceso, garantía fundamental de audiencia, así como la obligación de respetar y garantizar los derechos humanos.

Datos de la acción

Demanda de acción de inconstitucionalidad 44/2019, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 22 de abril de 2019, en contra del artículo 31 de la Ley Número 236 para la Declaración Especial de Ausencia por Desaparición de Personas para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

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