Asunto:

Sobre el recurso de impugnación de RV1, RV2 y RV3, por la no aceptación de la Secretaría de Seguridad del Estado de Nuevo León a la Recomendación 4/2023 emitida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de esa entidad federativa, vulnerando con ello el derecho humano a la seguridad jurídica y a una vida libre de violencia e indirectamente el derecho al acceso al sistema de protección no jurisdiccional de los derechos humanos.

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Asunto:

Por negarse a aceptar la totalidad de la Recomendación 4/2023, emitida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León (CEDHNL), la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la similar 109/2025 a la Secretaría de Seguridad del Estado de Nuevo León (SS). En dicha resolución solicita seguimiento a la denuncia presentada ante las autoridades administrativas correspondientes por las probables faltas derivadas de la no aceptación.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación y a una vida libre de violencia en su modalidad institucional de QV1; a la protección de la familia y al proyecto de vida de QV1 y V2; así como al interés superior de la niñez de V2, como personas indígenas tlapanecas, atribuibles a personal de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia en la Ciudad de México.

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Asunto:

Luego de una extensa investigación, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) determinó que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF) y la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (PFPNNA) vulneraron los derechos humanos de una mujer y su hija, personas indígenas tlapanecas, en la Ciudad de México, de acuerdo con la Recomendación 111/2025, dirigida a ambas instancias.

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Asunto:

La presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), maestra Rosario Piedra Ibarra, dio a conocer el Pronunciamiento sobre el deber de adoptar medidas no privativas de libertad, con enfoque de género, a favor de las mujeres, que garanticen el acceso a la justicia, cuyo propósito es romper la visión punitiva y androcéntrica de las autoridades, en las que se observa, de manera gradual, un aumento en el ingreso y permanencia de las mujeres en centros penitenciarios del país.

 

 

 

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Asunto:

El 13 de diciembre de 2023, se llevó a cabo la presentación de la Recomendación 39 del Comité CEDAW: “Acceso a los derechos de las mujeres indígenas en sus propias voces.”

Asunto:

En el marco de la conmemoración del Día Internacional de Acción por la Salud de las Mujeres, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) exhorta a las autoridades del Estado mexicano a respetar, promover y garantizar el acceso a la salud de las mujeres, adolescentes y niñas sin ningún tipo de restricción o exclusión por cuestiones sociales, culturales, económicas y de género.

Asunto:

La presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), maestra Rosario Piedra Ibarra, participó en la presentación de una serie de reformas legislativas ante el Congreso de la Ciudad de México para garantizar los derechos a la salud y a una gestión menstrual digna de niñas y mujeres en esta entidad del país, particularmente de aquellas que se encuentran en situación de vulnerabilidad por su condición jurídica o socioeconómica y quienes con frecuencia enfrentan dificultades para acceder a insumos de higiene.

Asunto:

Para la Comisión Nacional de los Derechos Humanos las mujeres privadas de la libertad constituyen un grupo de atención prioritaria que debe ser visibilizado desde los diversos contextos en los que se desenvuelven, dadas las condiciones de vida que prevalecen en los sistemas penitenciarios de nuestro país, donde las cárceles, en un principio, fueron creadas por hombres y pensadas para albergar a los hombres, construyéndose así, importantes brechas que generaron la indiferencia del Estado ante las necesidades específicas propias para hombres y mujeres. Este pronunciamiento, tiene el propósito de orientar acciones para que todas las autoridades que conforman el Sistema Penitenciario Nacional y corresponsables en la materia, diseñen y adopten acciones y medidas que busquen revertir las condiciones de desventaja que imperan actualmente en agravio de las mujeres privadas de la libertad, solicitándose así, la generación de oportunidades reales para el acceso efectivo a su reinserción social; así como, para incentivar su empoderamiento, para que dispongan de recursos y herramientas que les permita su desenvolvimiento libres de discriminación y de violencia en razón de su género en cualquier ámbito en el que se desarrollen, pues solo es posible hablar de una sociedad justa y democrática, si todas las mujeres gozan y ejercen sus derechos a través de una igualdad sustantiva conforme al respeto intrínseco de su dignidad humana.