Asunto:

Las deficiencias y omisiones en que incurrieron médicos del Centro Federal de Readaptación Social (CEFERESO) No. 18, “CPS Coahuila”, ubicado en Ramos Arizpe, y del Hospital General Saltillo, Coahuila, provocaron el deceso de una persona privada de la libertad, según constató la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a la vida en agravio de V1 y V2, quienes fallecieron a causa de una inadecuada atención médica en el Centro Federal de Reinserción Social no. 14, “CPS Durango”, en Gómez Palacio, Durango y en el Hospital General de esa misma localidad, así como en agravio de VI1 por las afectaciones que presentó a consecuencia del hecho victimizante en relación con V1 y al derecho al acceso a la información en materia de salud en perjuicio de QVI y VI2 respecto de V2.

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 135/2025 al Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Reinserción Social (OADPRS) de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y a la Secretaría de Salud de Durango (Secretaría de Salud) por violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a la vida en agravio de dos personas que permanecían privadas de su libertad en el Centro Federal de Reinserción Social No. 14, “CPS Durango” (CEFERESO 14) en Gómez Palacio, Durango.

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Asunto:

De acuerdo con la Recomendación 108/2025, emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), personal médico del Hospital General “Presidente Lázaro Cárdenas”, ubicado en Chihuahua, vulneró los derechos humanos de una persona mayor adulta, de origen rarámuri, al no proporcionarle una atención adecuada.

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) acreditó que una persona adulta mayor con antecedentes de insuficiencia renal crónica sufrió una serie de omisiones durante su tratamiento en el Hospital General “Dr. Fernando Quiroz Gutiérrez”, en la Ciudad de México, por lo que emitió la Recomendación 138/2024 al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) constató que existieron deficiencias y violaciones a derechos humanos en la atención otorgada a una paciente, persona adulta mayor, en el Hospital General “Dra. Matilde Petra Montoya Lafragua”, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) en la Ciudad de México, según establece la Recomendación 107/2024.

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Asunto:

Tras constatar que el personal médico del Hospital General “Tacuba” en la Ciudad de México no realizó los estudios de laboratorio necesarios para un diagnóstico y tratamiento adecuados, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 102/2024 al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) constató violaciones a los derechos humanos de un paciente del Hospital General “Dra. Matilde Petra Montoya Lafragua”, ubicado en la Ciudad de México, quien sufrió un infarto que no fue atendido correctamente, según consta en la Recomendación 88/2024 dirigida al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud de V, así como a la verdad y al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI, VI1, VI2, VI3 y VI4, atribuibles al personal del Hospital General de México “Dr. Eduardo Liceaga”, en la Ciudad de México.

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 23/2024 al Hospital General de México “Dr. Eduardo Liceaga”, ubicado en la Ciudad de México, por violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a un trato digno en agravio de una persona adulta mayor, con antecedentes de diabetes mellitus, así como a su proyecto de vida; además de violentar el derecho al acceso a la información en materia de salud de los familiares de la víctima.

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