Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos por el uso ilegítimo de la fuerza con armas de fuego, que derivó en violaciones al derecho a la vida de VMF1 y VMF2, a la integridad personal y seguridad jurídica de VM1, VM2, V1 y V2, al interés superior de la niñez de VMF1, VMF2, VM1, VM2, y el derecho a la familia de VMF1, VMF2, VM1, VM2, V1, V2, VI1, VI2, VI3 y VI4, por elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional en Badiraguato, Sinaloa.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 201VG/2025 a la Secretaría de la Defensa Nacional (DEFENSA) por violaciones graves a los derechos humanos de dos personas menores de edad que perdieron la vida, provocando lesiones a dos personas menores de edad y dos personas adultas, con motivo del uso ilegítimo de la fuerza con armas de fuego, atribuibles a personal de esa dependencia, en el poblado de La Cieneguilla, en Badiraguato, Sinaloa.
Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos a la integridad y seguridad personal y al trato digno, por actos de tortura en agravio de QV; por elementos de la entonces Policía Federal en el estado de Coahuila.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) exigió a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) que otorgue reparación integral del daño y atención psicológica especializada a dos personas torturadas por elementos de la entonces Policía Federal (PF) los días 3 y 4 de abril de 2014 en el Estado de México, tal como consta en la Recomendación por violaciones graves a los derechos humanos 191/2025.
Sobre el caso de las violaciones graves a derechos humanos a la seguridad jurídica y legalidad, a la integridad, seguridad personal y protección a la vida, por el uso excesivo de la fuerza mediante el empleo ilegítimo de armas de fuego en agravio de VD, así como al derecho a la familia, al sano desarrollo y al núcleo familiar de VD, QVI1, QVI2, VI1 y VI2, por elementos de la Defensa Nacional, en Sonoyta, Sonora.
Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos a la libertad personal, integridad personal y al trato digno, por actos de tortura en agravio de QV, atribuibles a personal de la Secretaría de la Defensa Nacional, en Saltillo, Coahuila
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), en su Recomendación 170VG/2024 dirigida a la Fiscalía General de la República (FGR), a la Secretaría de Seguridad del Estado de México y a la Presidencia Municipal de Valle de Chalco Solidaridad, acreditó violaciones graves a los derechos humanos por tortura sexual contra una persona y por omisiones para garantizar el principio del interés superior de otra persona menor de edad, ocurridas en 2014.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 167VG/2024 a la Secretaría de Marina (SEMAR) por violaciones graves a los derechos humanos y actos de tortura sufridos por una persona detenida en 2012 por elementos navales en Tampico, Tamaulipas.
Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos a la integridad personal y al trato digno, por actos de tortura sexual; al debido proceso y acceso a la justicia, así como al derecho de las mujeres a una vida libre de violencia; por parte de personal de la Fiscalía General de la República, de la Secretaría de Seguridad del Estado de México, del Ayuntamiento del Valle de Chalco Solidaridad, Estado de México, en agravio de V1; asimismo, por violación a los derechos a la libertad e integridad personal, por omisión de garantizar el interés superior de la niñez por parte de personal de la Fiscalía General de la República, de la Secretaría de Seguridad del Estado de México, del Ayuntamiento del Valle de Chalco Solidaridad, Estado de México, en agravio de V2
Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos a la libertad, seguridad personal, seguridad jurídica y legalidad en agravio de V1,V2, V3, V4, V5, V8, V9, V10, V11, V12, V13, V14, V15, V16, V17, V18, V19, V20 y V21; a la vida en agravio de V4 y V5; y a la integridad personal y al trato digno en agravio de V6, V7, V8, V10, V11, V12, V14 y V17, atribuibles a personas servidoras públicas de los entonces Grupos de Armas y Tácticas Especiales y de Armas y Tácticas Especiales Municipales, en el Estado de Coahuila de Zaragoza




