Sobre el caso de violaciones al derecho a la libertad sindical, a la legalidad y a la seguridad jurídica, atribuibles a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y a la Dirección General del Registro de Asociaciones por determinar la procedencia de cambio de directiva del Sindicato Único de Trabajadores de Notimex (SUTNOTIMEX), así como a la Dirección General del Centro Federal de Conciliación y Arbitraje.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la libertad de reunión en relación a la protesta social pacífica en agravio de V1, V3, V5, V7, V8, V10 y V11 y al trato digno e integridad personal en agravio de V2, V5, V6, V7, V8 y V9 atribuibles a personal de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México y a la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México.