Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 210/2023 a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) y a la Fiscalía General del Estado de Oaxaca (FGEO) por no proporcionar atención y medidas de ayuda a una persona, derivado de su condición de víctima indirecta, por la muerte de su hermano, migrante de nacionalidad camerunés, ocurrida en San Francisco Ixhuatán, Oaxaca, ya que en el mes de octubre de 2019, fue contactada por personal de la FGEO para reconocer el cuerpo de su familiar, sin embargo, durante dicha diligencia no se le proporcionó un intérprete a idioma inglés y/o francés, idiomas que se hablan en su país de origen.

Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos al acceso a la justicia, a la dignidad y al trato digno de VD y VI, así como a la seguridad jurídica y legalidad en agravio de VI, por no haber recibido atención y medidas de ayuda derivado de la condición de víctima indirecta por la muerte de VD, migrante de nacionalidad camerunés ocurrida en San Francisco Ixhuatán, Oaxaca.

Asunto:

Ante la toma de instalaciones del Centro de Atención Integral (CAI) de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) por integrantes del colectivo “Movimiento por la Verdad y La Justicia de Familias de Personas Desaparecidas de la Guerra Sucia de los 60´s, 70´s y 80´s del Siglo Pasado en el Estado de Guerrero”, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) externa su preocupación y reitera su plena y total disposición de coadyuvar en la atención de las justas demandas que hace el colectivo, al que hemos acompañado siempre subrayando que no hay mejor vía de solución que la del diálogo; por lo cual, de la manera más respetuosa y solidaria les hacemos un llamado, para que se abandone la toma de dichas instalaciones a efecto de permitir el libre desarrollo del trabajo en favor de las víctimas que pudieran acudir a la CEAV.

Asunto:

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 81/2021 al director general de la Asesoría Jurídica Federal, en Suplencia del titular de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), David Alejandro Jiménez Padilla, por omitir proporcionar las medidas de alimentación a que se refiere la Ley General de Víctimas a 16 personas migrantes, familiares de personas encontradas sin vida en una fosa clandestina en Güémez, Tamaulipas, quienes habían solicitado ante esa Comisión Ejecutiva la implementación de tales acciones.

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) recibió este día una queja colectiva presentada por familiares de personas desaparecidas en la que solicitan su intervención y protección ante presuntos actos y omisiones de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV).

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 51/2020 al Director General de la Asesoría Jurídica Federal en suplencia del Titular de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), Andrés Carlos Vázquez Murillo, por incumplir una propuesta de conciliación emitida por este Organismo Nacional, no garantizar la reparación del daño a víctimas del delito y divulgar indebidamente sus datos personales.

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 39/2020, a Andrés Carlos Vazquez Murillo, Director General de Asesoría Jurídica Federal y Encargado de Despacho de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), por violentar los derechos humanos a la libre manifestación pacífica y trato digno, omisiones en la atención a víctimas e indebido ejercicio del servicio público, atribuibles a funcionarios públicos de la CEAV, en agravio de ocho personas.

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Asunto:

Sobre el caso de las violaciones a los derechos humanos a la libre manifestación pacífica y al trato digno, por las omisiones de atención a víctimas y ejercicio indebido del servicio público, en agravio de V1, V2, V3, V4, V5, V6, V7 y V8, atribuibles a servidores públicos de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, en la Ciudad de México.

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Asunto:

La CNDH toma nota de la carta abierta suscrita por los CC. Ma. Icela Valdez Chaidez, Ma. Maribel Medina Mendoza, Ana Ma. Maldonado Chávez, Martha Leticia Priego Córdoba, Martha Castillo Olmedo, Carlos Vanda Márquez, Adán Oswaldo Arenibar Banda, Pedro Maximiliano Medina Mendoza, Sergio Elvín Guerra Medina y Delia Icela Quiroa Flores Valdez, y se permite aclarar: