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  3. Mujeres Privadas de la libertad y adolescentes en conflicto con la ley penal

Mujeres Privadas de la libertad y adolescentes en conflicto con la ley penal

Índice

  • Introducción
  • Mujeres Privadas de la libertad y adolescentes en conflicto con la ley penal
  • Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria
  • Recomendaciones
  • Recomendaciones por Violaciones Graves
  • Recomendaciones Generales
  • Informes Especiales
  • Pronunciamientos
  • Estudios
  • Multimedia
  • Publicaciones
  • Contacto

Su acompañamiento, defensa y protección de sus derechos humanos por parte de la CNDH.

Para la Comisión Nacional de los Derechos Humanos colocar en el centro de sus actuaciones la defensa y protección de los derechos fundamentales de las mujeres privadas de la libertad y de las mujeres adolescentes en internamiento, es una responsabilidad que no solo conlleva el compromiso de observar que se satisfagan sus necesidades básicas y de sus hijos e hijas que vivan con ellas, sino que, conforme a los más altos estándares nacionales e internacionales en la materia, se vigile que los Sistemas Penitenciarios federal, estatales y militar y el Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, cumplan en su calidad de garantes, con sus obligaciones tendientes a garantizar una efectiva reinserción y reintegración social y familiar a favor de ellas.   

Es por tal motivo que este Organismo, busca impulsar a través de acciones diferenciadas, con perspectiva de género y conforme a los principios pro persona, de inocencia y del interés superior de la niñez, que las autoridades penitenciarias, de internamiento y corresponsables en la materia, deconstruyan aquellas visiones y cultura androcéntrica que basada en prejuicios, de manera sistemática e histórica ha criminalizado y estigmatizado a las mujeres que enfrentan un proceso o una sentencia en prisión y a las mujeres adolescentes en internamiento preventivo, colocándolas en escenarios de desigualdad y abandono, incluso institucional, lo que vulnera profundamente su dignidad e incide en su calidad de vida.  

Por lo que la actuación emprendida por la CNDH a favor de las mujeres privadas de la libertad y mujeres adolescentes en internamiento, siempre estará orientada a visibilizar y reconocer los diversos contextos que de manera interseccional enfrentan y pueden converger en ellas, a fin de que el acompañamiento, protección y defensa de sus derechos humanos se realice conforme a enfoques, especializados, diferenciados, interculturales, interdisciplinarios, transformadores y feministas, que les permita acceder de manera sustantiva, a las mejores condiciones de vida en reclusión y/o internamiento, libres de cualquier tipo de violencia y sin discriminación en razón de su género, orientación sexual y/o identidad de género, edad, origen étnico o nacional, discapacidad, condición social, condición de salud, religión y/o cualquier otra.  
 

Es por ello, que esta Comisión emprende, conforme a esos enfoques, las siguientes acciones a su favor:

  • Investigación, tramitación y determinación de quejas a petición de parte o de oficio por presuntas violaciones a sus derechos humanos.
  • Emisión de recomendaciones específicas, por violaciones graves o generales.
  • Supervisión penitenciaria y emisión del Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria (DNSP).
  • Emisión de Informes especiales.
  • Pronunciamientos.
  • Atención In Situ y brigadas especiales de trabajo en Centros Federales de Readaptación Social.
  • Otras acciones de incidencia.

 

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Acordion
Recomendaciones
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En el periodo de enero 2019 y principios de 2020 se emitieron 14 recomendaciones en agravio de mujeres privadas de su libertad, sus hijos e hijas que viven con ellas y sus familias relacionadas con la falta de centros específicamente femeniles en las entidades de: Sinaloa, Veracruz, Colima, Tamaulipas, Durango, Baja California Sur, Puebla, Guerrero, Campeche, San Luis Potosí, Michoacán, Baja California, Tabasco y Quintana Roo.

  • 49/2019 - Sobre deficiencias que vulneran derechos humanos de las mujeres privadas de la libertad en los centros penitenciarios del Estado de Sinaloa.
  • 54/2019 - Sobre las deficiencias que vulneran derechos humanos de las mujeres privadas de la libertad en los centros penitenciarios del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
  • 58/2019 - Sobre las deficiencias en el CERESO de Colima que vulneran derechos humanos de las mujeres privadas de la libertad.
  • 60/2019 - Sobre las deficiencias que vulneran derechos humanos de las mujeres privadas de la libertad en los centros penitenciarios del Estado de Tamaulipas.
  • 61/2019 - Sobre las deficiencias que vulneran derechos humanos de las mujeres privadas de la libertad en los centros penitenciarios del Estado de Durango.
  • 62/2019 - Sobre las deficiencias que vulneran derechos humanos de las mujeres privadas de la libertad en los centros penitenciarios del Estado de Baja California Sur.
  • 68/2019 - Sobre deficiencias que vulneran los derechos humanos de las mujeres privadas de la libertad en centros penitenciarios del Estado de Puebla.
  • 69/2019 - Sobre deficiencias que vulneran los derechos humanos de las mujeres privadas de la libertad en los centros penitenciarios del Estado de Guerrero.
  • 70/2019 - Sobre las deficiencias que vulneran los derechos humanos de las mujeres privadas de la libertad en centros penitenciarios del Estado de Campeche.
  • 73/2019 - Sobre las deficiencias que vulneran los derechos humanos de las mujeres privadas de la libertad en centros penitenciarios del Estado de San Luis Potosí.
  • 74/2019 - Sobre las deficiencias que vulneran los derechos humanos de las mujeres privadas de la libertad en centros penitenciarios del Estado de Michoacán.
  • 4/2020 - Sobre las deficiencias que vulneran los derechos humanos de las mujeres privadas de la libertad en centros penitenciarios del Estado de Baja California.
  • 10/2020 - Sobre las deficiencias que vulneran los derechos humanos de las mujeres privadas de la libertad en centros penitenciarios del Estado de Tabasco.
  • 11/2020 - Sobre las deficiencias que vulneran los derechos humanos de las mujeres privadas de la libertad en centros penitenciarios del Estado de Quintana Roo.

Además de 11 recomendaciones sobre casos específicos, por violaciones graves y generales.

  • 88/2020 - Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la integridad personal y sexual, a una vida libre de violencia, a la reinserción social y acceso a la procuración de justicia en agravio de V, quien se encontraba recluida en el Centro Penitenciario Distrital de Calera de Víctor Rosales, Zacatecas.
  • 19/2021 - Sobre las inadecuadas condiciones de habitabilidad del Centro Estatal de Reinserción Social de Sentenciadas no. 4 Femenil de Tapachula, Chiapas, lo que vulnera el derecho a la reinserción social y a la estancia digna y segura de las mujeres privadas de la libertad que ahí se albergan; así como de la violación a su derecho a la protección de la salud y del interés superior de la niñez de los hijos y/o hijas que viven con ellas.
  • 35/2021 - Sobre la falta de acciones suficientes para garantizar a las adolescentes y mujeres privadas de la libertad el derecho a la salud sexual y reproductiva, así como a la gestión e higiene menstrual digna en los centros penitenciarios a nivel nacional.
  • 60/2021 – Sobre las revisiones indignas a quienes visitan a personas privadas de la libertad en CEFERESOS de Veracruz, Sonora, Michoacán y Chiapas.
  • 84/2021 - Sobre el caso de violación al derecho a la protección de la salud en agravio de V, persona privada de la libertad en el Centro Federal de Readaptación Social en Coatlán del Río, Morelos.
  • 100/2021 - Sobre el caso de las personas privadas de la libertad que resultaron lesionados en un motín que se suscitó en el Centro de Reinserción Social de Mexicali, Baja California. Centro en el que también se albergaban mujeres, por lo que la CNDH llamó a las autoridades a realizar una adecuada separación entre hombres y mujeres para evitar ponerlas en riesgo y a sus hijas e hijos y proporcionarles condiciones de habitabilidad bajo una perspectiva de género.
  • 54/2022 - Sobre el caso de discriminación en el acceso del más alto nivel posible de salud física y mental; tortura por discriminación e investigación ministerial sin perspectiva de género del suicidio de una mujer privada de la libertad con discapacidad psicosocial que hasta el momento de los hechos permaneció en el Centro Federal de Readaptación Social en Coatlán del Río, Morelos.
  • 51VG/2022 - Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos a la integridad y seguridad personal por actos de tortura y violencia sexual, al trato digno, a la no discriminación y a una vida libre de violencia cometidos por policías ministeriales de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Veracruz; así como, al derecho de acceso a la justicia en su modalidad de procuración de justicia y a la seguridad jurídica en agravio de V por parte de personas servidoras públicas de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Veracruz y de la Secretaría de Seguridad Pública de esa Entidad Federativa.
  • 55VG/2022 – Por violaciones graves a derechos humanos ante las condiciones de internamiento en el Centro Penitenciario Femenil de Tanivet, donde se constató que las mujeres privadas de la libertad son sometidas a trabajos forzosos en diversas áreas y no cuentan con servicio médico durante la noche; la infraestructura es inadecuada y quienes viven con sus hijas e hijos lo hacen en condiciones insalubres.
  • 86/2022 - Sobre el caso de violación a los derechos humanos a la igualdad y no discriminación, al libre desarrollo de la personalidad en relación con la vida privada, as| como al de identidad de género, personalidad jurídica y libertad de expresión en agravio de V1 y V2, personas transgénero privadas de la libertad en el Centro Federal de Readaptación Social, en Miahuatlán de Porfirio Díaz, Oaxaca y el similar en Ocampo, Guanajuato, respectivamente.
  • Recomendación General 44/2021 – Sobre el deber del Estado de garantizar el derecho al trabajo digno a las personas privadas de la libertad en los Centros Penitenciarios de la República Mexicana con perspectiva de género.
Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria
Text

En 2020 se realizó un ajuste a los instrumentos que conforman el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria a fin de incluir indicadores con enfoque de género.

Año
Descargable
2021
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2020
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Informes especiales
Text
  • Mecanismo de Monitoreo Nacional por COVID-19 en los Centros Penitenciarios con perspectiva de género.
  • Informe Especial sobre el estado que guardan las medidas adoptadas en los centros penitenciarios para la atención de la emergencia sanitaria Sars-Cov2 (CoVID-19). con perspectiva de género.
  • Informe Diagnóstico sobre las condiciones de vida de las mujeres privadas de libertad desde un enfoque interseccional.
  • Informe especial sobre la implementación del “Modelo de operación del voto de las personas en prisión preventiva para el proceso electoral 2020-2021” el cual incluyó la observación directa de la jornada electoral del Centro Federal de Readaptación Social en Coatlán del Río, Morelos Núm. 16 "CPS Femenil Morelos”.
  • Informe Especial en seguimiento a la Implementación del Voto de las Personas en Prisión Preventiva en Hidalgo, el cual incluyó la observación directa de la jornada electoral en la que participaron mujeres internas en 3 de los 4 Centros Estatales de Reinserción Social donde se celebraron comicios anticipados, siendo estos los correspondientes al de Pachuca, Tula de Allende y Tulancingo.
  • Informe Especial de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos sobre los Centros de Tratamiento Interno para Adolescentes que infringen la Ley penal de la República Mexicana.
Pronunciamientos
Text
  • Pronunciamiento para la adopción de acciones urgentes a favor de las mujeres en prisión preventiva o sentenciadas que se encuentran internas en los centros penitenciarios del país por la comisión de delitos relacionados con la interrupción del embarazo, a la luz de la sentencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
  • Pronunciamiento sobre la garantía de acceso a métodos anti fecundativos regulares, de emergencia y la interrupción legal/voluntaria embarazo a las mujeres privadas de su libertad prioritariamente a víctimas de violencia sexual, en los sistemas penitenciarios de las 31 entidades federativas, la CDMX y el sistema penitenciario federal y militar.
Otras acciones de incidencia
Text
  • A solicitud de la CNDH se realizó el traslado de mujeres privadas de su libertad a un área especial al Centro de Readaptación Social Mixto Amatlán de los Reyes, donde personal de la Tercera Visitaduría General acudió a realizar un recorrido de verificación a fin de constatar que en dicho centro se cuenta con condiciones de habitabilidad digna y disponibilidad de servicios para ellas y sus hijas e hijos.
  • A fin de socializar y reforzar la incidencia de la Recomendación 35/2021 y garantizar a las mujeres y personas menstruantes privadas de la libertad su derecho a la gestión e higiene menstrual digna, la CNDH a través del equipo de la Tercera Visitaduría General, acudió a 10 centros penitenciarios donde se albergan mujeres en el país para compartir con ellas el contenido de dicha recomendación, así como la entrega de insumos para la gestión menstrual.
  • A finales del mes de septiembre de 2022, se tuvo conocimiento de que las personas privadas de la libertad del Centro Federal de Readaptación Social Femenil en Coatlán del Río, Morelos, se encontraban enfermas del estómago, sin que recibieran atención médica, a fin de brindar la atención inmediata, personal de la Tercera Visitaduría realizó una brigada de atención In Situ en el CEFERESO 16, asimismo, actualmente se encuentra la queja en etapa de investigación.
  • Para dar cumplimiento a la Recomendación 35/2021 respecto de “la falta de acciones suficientes para garantizar a las adolescentes y mujeres privadas de la libertad el derecho a la salud sexual y reproductiva, así como a la gestión e higiene menstrual digna en los centros penitenciarios de los estados que conforman la República Mexicana”, el Congreso del Estado de Morelos, asignó presupuesto específico para el suministro de productos de higiene menstrual en favor de las mujeres privadas de la libertad que se encuentran en los centros penitenciarios de esa entidad, de forma gratuita, continúa y suficiente, lo que garantiza sus derechos a la salud y salud sexual y reproductiva a través del acceso a una gestión menstrual digna.
  • En este mismo contexto, el Congreso del Estado de Coahuila, adicionó disposiciones en la Ley de Ejecución de Sanciones Penales y Reinserción Social para el Estado, en la que se dispuso como obligación de las autoridades penitenciarias, la promoción de todos los derechos relativos a la a la higiene menstrual de las mujeres privadas de la libertad, incluidos el acceso al agua, saneamiento y servicios sanitarios; insumos y materiales adecuados, aceptables y asequibles necesarios, e instalaciones seguras, privadas y adecuadas que les permitan usar, cambiar y desechar los materiales menstruales. En ese mismo sentido, se aprobaron adecuaciones a la Ley del Sistema Integral de Justicia para Adolescentes de esa entidad a favor de las mujeres adolescentes en conflicto con la ley penal en internamiento.

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