Con relación al comunicado 164/2023 emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el pasado 10 de mayo del presente año, denominado “La facultad del INAI para calificar de manera preliminar y únicamente con fines de acceso a la información la existencia de violaciones graves a derechos humanos no invade las atribuciones de la CNDH: primera sala”, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) cree que es necesario precisar que, muy por el contrario de lo que se ha pretendido reflejar, dicha determinación acota las facultades del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) para determinar que sea, a través de su órgano colegiado (Pleno), y solo ante la interposición de un recurso de revisión se puede determinar de manera preliminar y únicamente para efectos de acceso a la información, si determinados hechos constituyen violaciones graves a derechos humanos.
En el marco del Día Internacional contra la Homofobia, la Transfobia y la Bifobia, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) hace un llamado a las autoridades de los diversos órdenes y niveles de gobierno, medios de comunicación y a la sociedad en su conjunto, a sumarse a la lucha por el respeto a las diversidades con las que convivimos todos los días, en todos los lugares.
Como parte de sus atribuciones constitucionales respecto a la observancia del respeto a los Derechos Humanos en México, la presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), maestra Rosario Piedra Ibarra, sostuvo una reunión de trabajo la tarde de este martes 16 de mayo con personas representantes de diversos colectivos, organizaciones y asociaciones civiles, con el fin de dialogar sobre las reformas, derogaciones y adiciones hechas a la Ley Minera, la Ley de Aguas Nacionales, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de concesiones para minería y el agua, mismas que fueron publicadas en la versión vespertina del Diario Oficial de la Federación, el pasado 8 de mayo.
Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos a la libertad e integridad personal y al trato digno, por tratos crueles, inhumanos y degradantes en agravio de QVD y VD, por elementos de la Policía Federal Ministerial de la Fiscalía General de la República en San Felipe, Baja California
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 51/2023 al Instituto Nacional de Migración (INM) por violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica, al debido proceso, a la legalidad, a la libertad personal y al principio de no devolución, atribuibles a, por lo menos, dos personas servidoras públicas adscritas al INM en la ciudad de Tapachula, Chiapas, en agravio de una persona de nacionalidad salvadoreña que fue presentada en la Estación Migratoria Siglo XXI (EM-SXXI), sujeta a un procedimiento migratorio irregular y devuelta indebidamente a su país de origen, donde su integridad peligra.
Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos al trato digno y a la integridad personal por tratos crueles, inhumanos o degradantes derivado de prácticas de sujeción injustificadas, en agravio de personas privadas de la libertad ubicadas en el área de Hospital del Centro Penitenciario Federal en Ramos Arizpe, Coahuila.
Sobre el caso de violaciones al derecho a la protección de la salud, a la vida por inadecuada atención médica en agravio de V persona adulta mayor; así como al acceso a la información en materia de salud, en el Hospital General de Zona número 18 con Medicina Familiar del Instituto Mexicano del Seguro Social en Torreón, Coahuila
Sobre el caso de las violaciones a derechos humanos a la legalidad y seguridad jurídica e integridad personal por el uso excesivo de la fuerza en agravio de V1, V2 y V3, que derivó en la pérdida de la vida de V1, y las omisiones en la preservación del lugar de los hechos por los primeros respondientes; así como al derecho a la intimidad y la imagen pública de V1, atribuible a elementos de la policía municipal del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, Estado de México
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a la vida en agravio de V, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QV y VI, atribuibles a personal del Hospital General de Zona con Medicina Familiar no. 76 “Xalostoc” del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el Estado de México
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al acceso a la información en materia de salud, en agravio de V, en el Hospital General Regional número 1 del Instituto Mexicano del Seguro Social en Cuernavaca, Morelos




