Sobre el caso de violación al derecho a la protección de la salud y a una vida libre de violencia obstétrica en agravio de QV1, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QV1 y VI1, en la Unidad de Medicina Familiar No. 15 y en la Unidad Médica de Alta Especialidad, Hospital de Gineco Obstetricia No. 23 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Monterrey, Nuevo León.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a una vida libre de violencia obstétrica de QV, a la vida y al interés superior de la niñez de V, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QV, VI1, y VI2 en el Hospital General de Zona con medicina familiar No. 1 del Instituto Mexicano del Seguro Social en Pachuca, Hidalgo
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos relativos a la protección de la salud, a la integridad personal, a una vida libre de violencia obstétrica, a la libertad y autonomía reproductiva en agravio de V1, en la Unidad de Medicina Familiar 220 y el Hospital de Ginecología y Obstetricia 221, del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Toluca, Estado de México
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a una vida libre de violencia obstétrica, a la vida y al interés superior de la niñez, por inadecuada atención médica en agravio de V; así como, al acceso a la información en materia de salud, en agravio de QV, en el Hospital General de Zona Número 3 del IMSS, en Navojoa, Sonora.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud de V1 y V2, a la vida V2, a una vida libre de violencia obstétrica y al acceso a la información en materia de salud de V1, en la Clínica Hospital “Dr. Roberto Nettel Flores” del ISSSTE, en Tapachula, Chiapas.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la recomendación 66/2021 al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Alejandro Robledo Aburto, por la negligencia médica cometida por el personal que atendió a una mujer indígena, en enero de 2019, en la Unidad Médica Rural (UMR) de esa dependencia, situada en la comunidad de Nueva Esperanza, en el municipio de Tila, Chiapas, la cual derivó en que el producto de la gestación muriera y permaneciera ya sin vida en el cuerpo de la mujer por cerca de dos semanas.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a una vida libre de violencia en su modalidad de violencia obstétrica y a la protección de la salud de V1 y V3 en el Hospital General de Zona Núm. 7 del Instituto Mexicano del Seguro Social en Guanajuato.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a una vida libre de violencia en su modalidad de violencia obstétrica, a la integridad personal de V1 e interés superior de la niñez de V2 en el Hospital General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) en Querétaro.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a una vida libre de violencia en su modalidad de violencia obstétrica, a la integridad personal de V1 e interés superior de la niñez de V3 en la Clínica Hospital "Dr. Miguel Trejo Ochoa" del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) en Colima.
Sobre el caso de violación al derecho a una vida libre de violencia obstétrica y de acceso a la salud de V1, y al derecho de acceso a la salud, a la vida y al interés superior de la niñez de un - atribuibles a personal del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en la Ciudad de México.