Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, al trato digno, así como una vida libre de violencia en su modalidad obstétrica en agravio de V; así como, al acceso a la información en materia de salud en agravio de QV, VI1 y VI2, por personal médico en los Hospitales Generales de Zona Número 6 y 16 del Instituto Mexicano del Seguro Social, ambos en Coahuila

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno en agravio de V persona adulta mayor; así como, al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI; por personal médico en el Hospital General Regional No. 1, del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Tijuana, Baja California

Asunto:

Sobre el Recurso de Impugnación de RV, por el incumplimiento de la Recomendación 177/2020, emitida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Veracruz, por parte del H. Ayuntamiento Municipal Constitucional de Ixtaczoquitlán, Veracruz de Ignacio de la Llave

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno en agravio de V; así como, al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI, VI1 y VI2, por inadecuada atención médica en el Hospital General de Zona con Medicina Familiar Número 16 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Torreón, Coahuila

Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno en agravio de V, persona con discapacidad intelectual y enfermedades no transmisibles o crónico degenerativas, atribuibles a personal del Hospital General de Zona con Unidad de Medicina Familiar No. 76 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el Estado de México; así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI y V, atribuibles a personal del Hospital General de Zona con Unidad de Medicina Familiar No. 76 y de la Unidad Médica de Alta Especialidad, Hospital de Especialidades, Centro Médico Nacional “La Raza” del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el Estado de México y en la Ciudad de México, respectivamente

Asunto:

Sobre el caso de violación al derecho humano a la protección de la salud, a la vida y al trato digno en agravio de V, persona adulta mayor; así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de V y QVI, VI1, VI2, VI3, VI4, VI5, VI6 y VI7, atribuibles a personal del Hospital General de Zona con Unidad de Medicina Familiar Número 7 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Lagos de Moreno, Jalisco

Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la vida en agravio de V, y a la protección de la salud, a una vida libre de violencia obstétrica y al acceso a la información en materia de salud en agravio de QV, VI1 y VI2 atribuibles a personal de la Unidad de Medicina Familiar No. 19 y del Hospital de Gineco Obstetricia y Pediatría No. 7, ambos del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Benito Juárez, Quintana Roo.

Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno en agravio de V, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI y VI por personal del Hospital General de Zona No. 4 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Celaya, Guanajuato

Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al interés superior de la niñez de V, recién nacido, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI, VI1, VI2 y VI3, atribuibles a personas servidoras públicas del Hospital General de Zona No. 33, del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Bahía de Banderas, Nayarit

Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 176/2024 al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) luego de que este se negara a aceptar una propuesta de conciliación para otorgar una pensión por viudez, argumentando que la beneficiaria, al ser trabajadora del Estado, no tiene derecho a ella.

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