Sobre el caso de violaciones a los Derechos Humanos a la protección a la salud por inadecuada atención médica, acceso a la información en materia de salud y afectación al proyecto de vida en agravio de V, en la Clínica de Medicina Familiar “Ermita Zaragoza”, el Hospital Regional “Gral. Ignacio Zaragoza” y el Hospital General “Gral. José María Morelos y Pavón” del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en la Ciudad de México.
Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos a la seguridad personal y a la libertad, por desaparición forzada, así como a la integridad personal y al trato digno por actos de tortura en agravio de v, por elementos de la secretaría de la defensa nacional, quienes afectaron de forma indirecta A VI1, VI2, VI3 y VI4. Así como, violaciones a la seguridad jurídica y acceso a la justicia por omitir realizar actos de investigación en agravio de V, VI1, VI2, VI3 y VI4, por personas servidoras públicas de la entonces Procuraduría General de la Republica.
Sobre los Recursos de Impugnación de RV1 y RV2, relativos a los agravios causados por la aceptación parcial de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la Ciudad de México de una Recomendación emitida por la Comisión de Derechos Humanos de esa entidad federativa.
Sobre el caso de violación a los derechos humanos a la integridad personal y al trato digno por actos constitutivos de tortura en agravio de V, por elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional, en Hidalgo del Parral, Chihuahua.
Sobre la vulneración a los derechos a la seguridad social y a la protección a la salud, en agravio de V, por la dilación en el otorgamiento de un certificado médico de invalidez por enfermedad o accidente ajeno al trabajo, atribuibles a la Clínica Hospital “Dr. Baudelio Villanueva Martínez”, en Reynosa, Tamaulipas, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la seguridad social, a la salud, a la seguridad jurídica, al principio de legalidad y al debido proceso en sede administrativa en agravio de V, por concluir la relación laboral, atribuibles a la Secretaría de Marina.
Sobre el caso de violación a los derechos humanos, a la seguridad jurídica y a la legalidad por falta al deber de debida diligencia, así como por incumplimiento al deber de cuidado en agravio de V1, y de VI1, VI2 y VI3.
Sobre el caso de las violaciones graves a los Derechos Humanos a la legalidad y seguridad jurídica por la detención arbitraria de MV, V1, V2, V3, V4, V5, V6, V7, V8 y V10, a la integridad personal por los actores de tortura cometidos en Agravio de V1, V2, V3, V4, V5, V6, V7, V8, V9 y V10, así como, por el trato cruel, inhumano, y/o degradante en perjuicio de MV, atribuibles a personas servidoras públicas de la entonces Policía Federal, además de las transgresiones al acceso a la justicia y a la verdad imputables a personas de la entonces Procuraduría General de la República
Sobre el caso de violaciones graves a derechos humanos, a la integridad personal, al trato digno por actos de tortura, y el derecho a la intimidad y vida privada en agravio de V, por elementos de la Secretaría de Marina en Veracruz
Sobre el caso de violación grave a los derechos humanos al trato digno, a la integridad y seguridad personal por actos de tortura, así como a la seguridad jurídica, a la legalidad y el acceso a la justicia en su modalidad de procuración, en agravio de V, persona ex privada de la libertad en el Centro Federal de Readaptación social no. 13, en Miahuatlán de Porfirio Díaz, Oaxaca.




