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Síntesis / Resumen
  • Cobros excesivos e injustificados por el ejercicio del derecho de acceso a la información.
  • Cobros desproporcionados por determinados servicios prestados por el Estado.
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Estado Procesal
Resuelta en fecha 24/10/2022
Sentido de la Resolución

PRIMERO. Es procedente y fundada la presente acción de inconstitucionalidad.

SEGUNDO. Se declara la invalidez de los artículos 5, fracciones I, en su porción normativa “o copia certificada”, y II, 240, 241, 242, párrafo segundo, 244, 246, fracciones II y III, y 247, fracción II, de la Ley Estatal de Derechos de Chihuahua, publicada en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veintinueve de diciembre de dos mil veintiuno, la cual surtirá sus efectos a partir de la notificación de estos puntos resolutivos al Congreso del Estado de Chihuahua, conforme a lo expuesto en los apartados VI y VII de esta decisión.

TERCERO. Publíquese esta resolución en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.

Tema de la acción

Derecho de acceso a la información pública, así como a los principios de gratuidad en el acceso a la información y de proporcionalidad y equidad en las contribuciones.

Datos de la acción

Demanda de acción de inconstitucionalidad 12/2022, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 26 de enero de 2022, promovida en contra de los artículos 5o, fracciones I, en la porción normativa “o copia certificada”, y II, 240, 241, 242, segundo párrafo, 246, fracciones II y III, 244 y 247, fracción II, de la Ley Estatal de Derechos de Chihuahua.

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