Síntesis / Resumen
  • Omisión legislativa parcial de regulación de los procesos para la admisión, promoción y reconocimiento del personal de nivel horizontal o de servicio.
  • Discriminación en razón de la escuela de egreso para acceder a una plaza docente.
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Estado Procesal
Resuelta en fecha 06/01/2026
Sentido de la Resolución

PRIMERO. Es procedente, pero infundada la presente acción de inconstitucionalidad.
SEGUNDO. Se declara la validez de los artículos 35, 39, fracción VIII, 40, 44, 45, 47 y 64 de la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, publicada en el Diario Oficial de la Federación el treinta de septiembre de dos mil diecinueve.
TERCERO. Publíquese esta resolución en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.

Tema de la acción

Derechos a la igualdad y no discriminación, de seguridad jurídica, a acceder a un sistema integral de formación, de capacitación y de actualización para las maestras y maestros; principios de legalidad y de reserva de ley, así como la obligación de proteger y garantizar los derechos humanos.

Datos de la acción

Demanda de acción de inconstitucionalidad 122/2019, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 30 de octubre de 2019, en contra de los artículos 35, 39, fracción VIII, 40, 44 y 64 de la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros.