Síntesis / Resumen
  • Desproporcionalidad de la pena de inhabilitación definitiva.
Archivo PDF
Estado Procesal
Resuelta en fecha 10/04/2023
Sentido de la Resolución

PRIMERO. Es procedente y fundada la presente acción de inconstitucionalidad.

SEGUNDO. Se declara la invalidez del artículo 205 Bis, párrafo penúltimo, en su porción normativa “En caso de reincidencia, la inhabilitación será definitiva”, del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur, adicionado mediante el Decreto 2778 publicado en el Boletín Oficial de dicha entidad federativa el treinta y uno de julio de dos mil veintiuno, en términos del apartado VI de esta decisión.

TERCERO. La declaración de invalidez decretada en este fallo surtirá sus efectos retroactivos al primero de agosto de dos mil veintiuno, a partir de la notificación de estos puntos resolutivos al Congreso del Estado de Baja California Sur, de conformidad con el apartado VII de este fallo.

CUARTO. Publíquese esta resolución en el Diario Oficial de la Federación, en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.

 

Tema de la acción

Principios de proporcionalidad de las penas, en su vertiente de prohibición de penas inusitadas y de reinserción social.

Datos de la acción

Demanda de acción de inconstitucionalidad 130/2021, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 30 de agosto de 2021, promovida en contra del artículo 205 Bis, penúltimo párrafo, en la porción normativa “En caso de reincidencia, la inhabilitación será definitiva”, del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur.

Archivo resolución de la Acción