Síntesis / Resumen
  • Ausencia de consulta previa, libre, informada, culturalmente adecuada y de buena fe a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.
  • Inhabilitación constitucional del legislador local para exigir la nacionalidad mexicana por nacimiento para ser titular de la Coordinación General de la Comisión Estatal para el Desarrollo de los Pueblos, Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
  • Requisito injustificado y discriminatorio para ser titular de la Coordinación General de la Comisión Estatal para el Desarrollo de los Pueblos, Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
Archivo PDF
Estado Procesal
Resuelta en fecha 23/01/2024
Sentido de la Resolución

PRIMERO. Es procedente y fundada la presente acción de inconstitucionalidad.

SEGUNDO. Se declara la invalidez del Decreto número 2620 por el que se expidió la Ley de Derechos de las Personas, Pueblos, Comunidades Indígenas y Afromexicanas del Estado de Baja California Sur, publicado el diecisiete de agosto de dos mil veintidós, en el Boletín Oficial de la entidad número 48 (extraordinario), de conformidad con lo establecido en el apartado VIII de esta decisión; la cual surtirá sus efectos a los doce meses siguientes a la notificación de estos puntos resolutivos al Congreso local en los términos precisados en el apartado IX de esta determinación.

TERCERO. Se vincula al Congreso del Estado de Baja California Sur para que dentro de los doce meses siguientes a la notificación que se le haga de los puntos resolutivos de esta resolución, lleve a cabo, conforme a los parámetros fijados en esta decisión, la consulta a los pueblos y las comunidades indígenas y afromexicanas y, posteriormente, emita la regulación correspondiente.

CUARTO. Publíquese esta resolución en el Diario Oficial de la Federación, en el Boletín Oficial del Estado de Baja California Sur, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.

Tema de la acción

Derecho a la consulta previa, libre, informada, de buena fe y culturalmente adecuada de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, de igualdad y prohibición de discriminación, a la seguridad jurídica, de acceso a un cargo público en el servicio público, a la libertad de trabajo, así como al principio de legalidad y obligación de promover, respetar y proteger los derechos humanos.

Datos de la acción

Demanda de acción de inconstitucionalidad 132/2022, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 19 de septiembre de 2022, en contra del Decreto 2620 por el que se expidió la Ley de Derechos de las Personas, Pueblos, Comunidades Indígenas y Afromexicanas del Estado de Baja California Sur, publicado el 17 de agosto de 2022 en el Boletín Oficial del Gobierno de esa entidad federativa y, en particular, del artículo 102, fracciones I, en la porción normativa “por nacimiento”, y II, del mismo ordenamiento.