Síntesis / Resumen
  • Falta de consulta previa, libre, informada, de buena fe y culturalmente adecuada a los pueblos y comunidades indígenas.
  • Falta de consulta previa, estrecha y activa de las personas con discapacidad.
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Estado Procesal
Resuelta en fecha 21/10/2021
Sentido de la Resolución

PRIMERO. Es procedente y fundada la presente acción de inconstitucionalidad.

SEGUNDO. Se declara la invalidez de los artículos del 73 al 76 y del 79 al 84 de la Ley de Educación del Estado de Yucatán, emitida mediante el Decreto 270/2020, publicado en el Diario Oficial de dicha entidad federativa el veintinueve de julio de dos mil veinte, en términos de lo señalado en el considerando quinto de esta decisión.

TERCERO. La declaratoria de invalidez decretada surtirá sus efectos a los dieciocho meses siguientes a la notificación de estos puntos resolutivos al Congreso del Estado de Yucatán, en la inteligencia de que, dentro del referido plazo, previo desarrollo de las respectivas consultas a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, así como a las personas con discapacidad, ese Congreso deberá legislar en las materias de educación indígena y de educación inclusiva, en los términos precisados en el considerando sexto de esta determinación.

CUARTO. Publíquese esta resolución en el Diario Oficial de la Federación, en el Diario Oficial del Estado de Yucatán, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.

Tema de la acción

Derechos a consulta previa, libre, informada, de buena fe y culturalmente adecuada de los pueblos y comunidades indígenas, a la consulta previa, estrecha y activa de las personas con discapacidad; así como el de educación.

Datos de la acción

Demanda de acción de inconstitucionalidad 240/2020, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 21 de agosto de 2020, en contra de los capítulos IX “Educación indígena” -artículos 73 a 76- y XI “Educación inclusiva”- artículos 79 a 84- contenidos en el Título tercero “Servicio educativo estatal” de la Ley de Educación del Estado de Yucatán.

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