• Omisión de establecer en la ley parámetros de graduación de algunas sanciones.
PRIMERO. Es procedente y fundada la presente acción de inconstitucionalidad.
SEGUNDO. Se declara la invalidez de los artículos 50, párrafo último, 51 y 131, fracciones II, IV y VI, de la Ley Número 230 de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, publicada en la Gaceta Oficial de dicha entidad federativa el veinticuatro de enero de dos mil veinticinco, la cual surtirá sus efectos a partir de la notificación de estos puntos resolutivos al Congreso de dicho Estado.
TERCERO. Publíquese esta resolución en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
Derecho a la seguridad jurídica y principios de taxatividad aplicable a la materia administrativa sancionadora y legalidad.
Demanda de acción de inconstitucionalidad 33/2025, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 24 de febrero de 2025, en contra de los artículos 50, 51 y 131, fracciones II, IV y VI, de la Ley Número 230 de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.




