Síntesis / Resumen

• Requisito injustificado y discriminatorio para desempeñar el cargo de Director General del Archivo General del Estado.

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Estado Procesal
Resuelta en fecha 02/04/2024
Sentido de la Resolución

PRIMERO. Es parcialmente procedente y parcialmente fundada la presente acción de inconstitucionalidad y su acumulada.

SEGUNDO. Se sobresee en la presente acción de inconstitucionalidad y su acumulada respecto del artículo 82 de la Ley de Archivos para el Estado de Chihuahua, expedida mediante el DECRETO N° LXVI/EXLEY/0968/2021 X P.E. publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veintisiete de febrero de dos mil veintiuno.

TERCERO. Se desestima en la presente acción de inconstitucionalidad y su acumulada respecto del artículo 71, fracción X, de la referida Ley de Archivos para el Estado de Chihuahua y respecto de las omisiones atribuidas a este ordenamiento, consistentes en: 1) no prohibir que los miembros del Consejo Estatal reciban remuneración alguna por el desempeño de funciones como integrantes de tal ente, 2) no regular las atribuciones del Director General del Archivo General del Estado, 3) no establecer los recursos que integran el patrimonio del Archivo General del Estado y 4) no prever la conformación y las funciones de los órganos de gobierno y de vigilancia del Archivo General del Estado.

CUARTO. Se reconoce la validez de los artículos 1, 4, 14, fracción IV, 25, 34, fracción X, 36, 37, 43, fracción I, 89, fracción III, y transitorio décimo de la Ley de Archivos para el Estado de Chihuahua, expedida mediante el DECRETO N° LXVI/EXLEY/0968/2021 X P.E. publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veintisiete de febrero de dos mil veintiuno.

QUINTO. Se declara la invalidez de los artículos 51, párrafo primero, en su porción normativa “y el Consejo Estatal”, 71, fracción VII y párrafo antepenúltimo, 84, 85, 86, 87, 89, fracción IV, y 122 de la Ley de Archivos para el Estado de Chihuahua, expedida mediante el DECRETO N° LXVI/EXLEY/0968/2021 X P.E. publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veintisiete de febrero de dos mil veintiuno.

SEXTO. Se declara la invalidez, por extensión, de los artículos 121 y 123 de la Ley de Archivos del Estado de Chihuahua, expedida mediante el DECRETO N° LXVI/EXLEY/0968/2021 X P.E. publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veintisiete de febrero de dos mil veintiuno.

SÉPTIMO. Las declaratorias de invalidez decretadas surtirán sus efectos a partir de la notificación de estos puntos resolutivos al Congreso del Estado de Chihuahua, en la inteligencia de que, en tanto se subsanan los vicios advertidos, en el orden jurídico de dicho Estado será aplicable directamente lo establecido en la Ley General de Archivos, como se puntualiza en el último apartado de esta ejecutoria.

OCTAVO. Se vincula al Congreso del Estado de Chihuahua para que, a más tardar en el próximo período ordinario de sesiones, subsane los vicios de inconstitucionalidad advertidos, teniendo en cuenta los parámetros establecidos en esta sentencia.

NOVENO. Publíquese esta resolución en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.

Tema de la acción

Derechos de igualdad y prohibición de discriminación, de acceso a un cargo en el servicio público, libertad de trabajo, así como al principio de reinserción social.

Datos de la acción

Demanda de acción de inconstitucionalidad 55/2021, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 29 de marzo de 2021, promovida en contra del artículo 89, fracción IV, de la Ley de Archivo para el Estado de Chihuahua.