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Síntesis / Resumen
  • Establecimiento de una edad mínima para introducirse en el mercado laboral, que no es compatible con la Constitución Federal.
  • Remisión a la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos que causa incertidumbre jurídica.
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Estado Procesal
Resuelta en fecha 30/09/2025
Sentido de la Resolución

PRIMERO. Se sobresee en la presente acción de inconstitucionalidad. 

SEGUNDO. Publíquese esta resolución en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.

Tema de la acción

Derecho a la seguridad jurídica y principios de legalidad y supremacía constitucional.

Datos de la acción

Demanda de acción de inconstitucionalidad 72/2024, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 22 de marzo de 2024, en contra de los artículos 17, fracción III, en la porción normativa “de 14 a 29 años de edad”, y 114, en la porción normativa “y la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos”, de la Ley Número 688 de Personas Jóvenes del Estado de Guerrero.