Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos a la integridad personal y al trato digno, por actos de tortura y tortura sexual en agravio de V1, y tratos crueles, inhumanos o degradantes en agravio de V2, así como a la libertad personal, seguridad jurídica y legalidad por la retención ilegal de V2, atribuibles a elementos de la entonces Policía Federal, en Texcoco, Estado de México.
Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos a la integridad personal y al trato digno, por actos de tortura en agravio de V, atribuibles a la entonces Procuraduría General de Justicia del Estado de México y a la entonces Secretaría de Seguridad Pública (Federal); así como, violaciones a la prerrogativa de V al derecho a la verdad y acceso a la justicia, por los hechos de tortura a los que fue sometido en distintas entidades de la República Mexicana
Sobre el caso de violaciones a derechos humanos a la seguridad social, a la igualdad y no discriminación, y a la no observancia de los principios de interpretación conforme y del interés superior de la niñez, por la negativa en el otorgamiento de cuidados paternos en agravio de V1 y V2, atribuibles al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en la Ciudad de México
Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos al trato digno, a la integridad y seguridad personal, por actos de tortura en agravio de QV, cometidos por elementos de la Secretaría de Marina, en Ciudad Victoria, Tamaulipas
Sobre el caso de violaciones graves a derechos humanos, a la libertad, legalidad, seguridad jurídica e integridad personal por la detención arbitraria, retención ilegal, imputación indebida de hechos y tortura en agravio de V1, V2, V3 y v4 e inobservancia al principio del interés superior de la niñez, en agravio de V3 y V4, atribuibles a elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México
Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos a la integridad personal y al trato digno por actos de tortura en agravio de V1, V2, V3, V4, V5, V6 y V7, así como tratos crueles, inhumanos o degradantes, en agravio de V8, V9, V10, V11, V12, V13, V14, V15, V16, V17, V18 y V19, atribuibles a elementos de la entonces Policía Federal, en el estado de Jalisco
Tras realizar una exhaustiva investigación del motín ocurrido el 1 de enero de 2023 en el Centro de Reinserción Social número 3 (CERESO-3), que derivó en el deceso de siete personas privadas de la libertad y de otras diez que se encontraban laborando; la evasión de personas internas y lesiones provocadas tanto a personas privadas de la libertad como a personal que trabajaba en el establecimiento penitenciario el día de los hechos, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 132/2023 al gobierno constitucional del estado de Chihuahua, por actos y omisiones de autoridades que resultaron en la violación de derechos humanos a la reinserción social, a la integridad personal, a la vida, a la seguridad jurídica y a la legalidad.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) acreditó que una paciente fue víctima de negligencia en el Hospital Central Sur de Alta Especialidad de Petróleos Mexicanos (PEMEX), al someterse a una operación para retirarle la totalidad de la glándula tiroides que presentaba un tumor maligno, tras lo cual manifestó diversas complicaciones que terminaron por dañar su salud y afectar su proyecto de vida, ameritando con ello la emisión de la Recomendación 130/2023 a PEMEX.
El día de hoy, se recibió la visita de cortesía del Embajador de la República Islámica de Paquistán, Shozab Abbas, quien en conversación con la presidenta de esta Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), Rosario Piedra Ibarra, expuso su preocupación sobre algunos incidentes registrados a últimas fechas en aeropuertos e instalaciones migratorias, específicamente por el trato que reciben visitantes de su país, al pretender ingresar a México, impidiéndoles el acceso no obstante haber recibido su Visa.










Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno en agravio de V, persona adulta mayor, atribuibles al personal del Hospital Regional “1° de Octubre” del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en la Ciudad de México




