
• Causa de reserva de información pública incompatible con la Constitución Federal.
• Incongruencia y falta de claridad en la regulación sobre sanciones por la construcción, edificación, realización de obras de infraestructura y asentamientos humanos en zonas de alto riesgo.
• Supuesto normativo que permite castigar penalmente por conductas que no se ajustan a ninguna hipótesis del Código Penal local.
• Adición de un supuesto de responsabilidad administrativa grave de los servidores públicos no prevista en la Ley General de la materia
Pendiente por resolver
Derechos a la seguridad jurídica y de acceso a la información pública, así como principios de legalidad y de exacta aplicación de la ley penal (nullum crimen sine lege, nulla poena sine lege).
Demanda de acción de inconstitucionalidad 168/2024, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 14 de octubre de 2024, en contra de los artículos 107, en la porción normativa “por significar un riesgo a la tranquilidad pública o de los particulares”, 232 y 238 de la Ley Número 861 de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil del Estado de Guerrero.