Síntesis / Resumen
  • Indebida regulación del derecho a la consulta indígena; regulación deficiente de reglas procedimentales en medios de defensa y distorsión del sistema de responsabilidades administrativas.
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Estado Procesal
En Trámite
Sentido de la Resolución

Pendiente por Resolver

Tema de la acción

Derecho a la consulta previa, libre, informada, de buena fe y culturalmente adecuada de los pueblos y comunidades indígenas, a la seguridad jurídica, de acceso a la justicia, a la tutela judicial efectiva, formalidades esenciales del procedimiento y principio de legalidad.

Datos de la acción

Demanda de acción de inconstitucionalidad 200/2020, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 03 de agosto de 2020, en contra de los artículos 3°, primer párrafo, 4, fracción XIV, en la porción normativa “negativas”, 8, 9 –salvo su último párrafo–, 35, 50, 61, último párrafo, 65, segundo párrafo, 68, última parte, 74, último párrafo, 75, 79 y el Título Sexto denominado “De las Medidas Precautorias y Medios de Impugnación” –que comprende del numeral 69 al 77–, de la Ley de Consulta Previa, Libre e Informada de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas para el Estado de Oaxaca.