Síntesis / Resumen
  • Derechos por el servicio de alumbrado público configurados como impuestos por el consumo de energía eléctrica.
  • Cobros injustificados y excesivos por el ejercicio del derecho de acceso a la información pública.
  • Permisión para que autoridades administrativas establezcan elementos esenciales de las contribuciones.
Archivo PDF
Estado Procesal
Resuelta en fecha 03/02/2021
Sentido de la Resolución

Se sobresee en la presente acción de inconstitucionalidad.

Tema de la acción

Derecho a la seguridad jurídica, de acceso a la información y los principios de legalidad, proporcionalidad en las contribuciones y de gratuidad en el acceso a la información.

Datos de la acción

Demanda de acción de inconstitucionalidad 2/2020, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 9 de enero de 2020, en contra de los artículos 17, fracciones I, II y III, 30 y segundo transitorio de Ley de Ingresos del Municipio de Morelos; 17, fracciones I, II y III, 32 y segundo transitorio de Ley de Ingresos del Municipio de Buenavista; 16, fracciones I, II y III, 27 y segundo transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Coeneo; 17, fracciones I, II y III, 28 y segundo transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Huandacareo; así como 18, fracciones I, II y III, 34 y segundo transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Jiquilpan; ordenamientos del estado de Michoacán de Ocampo, para el Ejercicio Fiscal del Año 2020.

Archivo resolución de la Acción