Síntesis / Resumen

• Cobros desproporcionados por servicios estatales, que incluso pueden impactar en el derecho de acceso a la justicia.

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Estado Procesal
Resuelta en fecha 08/12/2025
Sentido de la Resolución

PRIMERO. Es procedente y fundada la presente acción de inconstitucionalidad.
SEGUNDO. Se declara la invalidez de los artículos 28, fracción IV, inciso a), y 97, fracción X, de la Ley de Ingresos del Estado de Puebla para el Ejercicio Fiscal 2025, publicada en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el once de diciembre de dos mil veinticuatro.
TERCERO. La declaratoria de invalidez decretada surtirá sus efectos a partir de la notificación de estos puntos resolutivos al Congreso del Estado de Puebla, en los términos precisados en el apartado VII de esta determinación.
CUARTO. Publíquese esta resolución en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Estado de Puebla, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.

Tema de la acción

Principio de proporcionalidad en las contribuciones.

Datos de la acción

Demanda de acción de inconstitucionalidad 3/2025, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 09 de enero de 2025, en contra de los artículos 28, fracción IV, inciso a), y 97, fracción X, de la Ley de Ingresos del Estado de Puebla, para el Ejercicio Fiscal 2025.