Luego de confirmar que personal médico del Hospital General de Zona con Unidad de Medicina Familiar número 29 en la Ciudad de México no dio la atención médica adecuada a la paciente adulta mayor, violando sus derechos humanos a la salud, a la vida y al trato digno, así como al derecho humano de acceso a información en materia de salud de sus familiares, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 123/2024 al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 122/2024 al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) luego de comprobar que personal del Hospital General de Zona con Unidad de Medicina Familiar número 76 (HGZ-UMF-76) de Ecatepec, Estado de México, no atendió integralmente el proceso séptico, es decir la respuesta inflamatoria extrema del cuerpo ante una infección y la enfermedad renal de la paciente adulta mayor con antecedentes de diabetes y de insuficiencia renal crónica, lo que derivó en su lamentable fallecimiento.
Luego de comprobar que personal médico del Hospital General Regional 110 (HGR-10), en Guadalajara, Jalisco, no realizó a una paciente los estudios requeridos para descartar una hemorragia cerebral, omisión que derivó en su lamentable fallecimiento, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 120/2024 al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos relativos al derecho a la salud sexual y reproductiva y a una vida libre de violencia institucional, así como al acceso a la información de QV1; y daño al proyecto de vida de QV1, VI1, VI2 y VI3 en la Unidad Médica de Alta Especialidad, Hospital de Gineco Obstetricia No. 4 “Luis Castelazo Ayala”, del Instituto Mexicano del Seguro Social en la Ciudad de México
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno en agravio de V, persona adulta mayor, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de VI1, VI2, VI3 y VI4, atribuibles a personal del Hospital General de Zona No. 6, del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Tepeji del Río, Hidalgo
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a la vida en agravio de V, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI, VI1 y VI2, atribuibles a personal del Centro Comunitario de Salud Mental No. 1 del Instituto Mexicano del Seguro Social en Zapopan, Jalisco
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al principio del interés superior de la niñez en agravio de V; así como, al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI, VI1 y VI2, atribuibles a personas servidoras públicas de la Unidad de Medicina Familiar Número 4, Hospital General de Zona Número 4, ambos en Guaymas y del Hospital General Regional Número 1 en Ciudad Obregón, todos del Instituto Mexicano del Seguro Social en el Estado de Sonora
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y vulneración al principio del interés superior de la niñez, en agravio de V, así como en agravio de QVI, VI1, VI2, VI3 y VI4, en la Unidad de Medicina Familiar No. 60 y el Hospital General Regional No. 12 “Benito Juárez”, ambos del Instituto Mexicano del Seguro Social en el Estado de Yucatán
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno en agravio de V; así como, al acceso a la información en materia de salud y daño al proyecto de vida en agravio de QVI, VI1, VI2, por personal médico en el Hospital de gineco Obstetricia con Medicina Familiar No. 7 y en el Hospital General Regional No. 20, ambos del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Tijuana, Baja California
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno en agravio de V, persona mayor, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI, VI1, VI2, VI3 y VI4, atribuibles al personal del Hospital General de Zona Número 47 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en la Ciudad de México




