Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica por incumplimiento de conciliación y omitir tomar las medidas correspondientes para garantizar la reparación del daño en favor de QV - así como a la protección a la salud en agravio de QV y de V2, y al derecho a la privacidad por haberse revelado datos personales de V2, V3, V4, V5 y V6.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida, así como a la información en materia de salud en agravio de V, en la Unidad de Medicina Familiar Número 45 del instituto Mexicano del Seguro Social en Mazatlán, Sinaloa.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida, así como a la información en materia de salud en agravio de V, en el Hospital General de Zona Número 197 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Texcoco, Estado de México.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y de acceso a la información en materia de salud de V, por inadecuada atención médica en el Hospital General de Zona con Medicina Familiar Número 16 del IMSS, en Ciudad Cuauhtémoc, Chihuahua.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, al principio del interés superior de la niñez, al acceso a la información en materia de salud y afectación al proyecto de vida en agravio de V, en el Hospital de Pediatría.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a la vida de V, en el Hospital General de Zona Número 8 del IMSS, en Uruapan, Michoacán.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida, al interés superior de la niñez y de acceso a la información en materia de salud, en agravio de V1, por inadecuada atención médica en la Unidad de Medicina Familiar 25 del IMSS, en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), dirigió la Recomendación 30/2020, a los titulares del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), Luis Antonio Ramírez Pineda, y del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Robledo Aburto; al primero, por la inadecuada atención médica y pérdida de la vida de un paciente de 37 años, y a ambos directivos por imposibilitar el acceso a la información en materia de salud.
Sobre el caso de violación al derecho humano a la protección de salud de V, derechohabiente de Petróleos Mexicanos.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a la vida de V1, adulta mayor, en la Unidad Médica de Alta Especialidad 25 y Hospital General de Zona 17 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Monterrey, Nuevo León.




