A partir del recurso de impugnación promovido por una persona recurrente, en contra del acuerdo de no admisión de queja emitido por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco (CEDHJ), el cual tuvo como origen, a su vez, la demanda de dicha persona en contra de la Defensoría de los Derechos Universitarios de la Universidad de Guadalajara, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) acreditó que la petición era procedente y que personas servidoras públicas de ambas instituciones violentaron los derechos humanos a la legalidad y seguridad jurídica de la persona promotora del recurso de impugnación, por lo cual dirigió la Recomendación 189/2023 a las autoridades mencionadas.
Por el caso de una persona que falleció luego de que médicos del Hospital General “Dr. Darío Fernández Fierro”, erróneamente, le suministraron azitromicina para tratar la infección por COVID-19 que padecía, omitir practicarle estudios de laboratorio y retardar la aplicación de un procedimiento de intubación, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 187/2023 al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
Luego de comprobar las violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica, a la legalidad, a la libertad, al trato digno y a la inviolabilidad de domicilio, por la detención arbitraria de ocho personas en contexto de migración internacional, y la ejecución de una revisión migratoria practicada irregularmente en un domicilio particular, que involucra a siete personas servidoras públicas adscritas a la Estación Migratoria (EM) del Instituto Nacional de Migración (INM) en Reynosa, Tamaulipas, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 185/2023 al comisionado del INM.
Tras concluir que la entonces titular de la Comisión Nacional de Búsqueda (CNB) fue omisa en rectificar la existencia de más de un registro único con relación a una víctima, y sus familiares, pese a tener información necesaria para ello; y además, ser omisa en la emisión de lineamientos para la operación del Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO), lo que repercute directamente en informaciones carentes de validez y que de manera alguna pueden brindar certeza a la sociedad acerca de la verdad con relación a las cifras de desaparición forzada en nuestro país, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 238/2023 a la Comisión Nacional de Búsqueda con el objeto de realizar, a la brevedad, la unificación de los dos registros existentes de cada Folio Único de Búsqueda de la víctima en el RNPDNO, así como la integración correspondiente de la información acerca de las actividades de búsqueda que se hayan realizado por las diversas autoridades competentes.
Una persona adulta mayor, que ingresó al Hospital Regional (HR) “General Ignacio Zaragoza” del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), por sufrir un desmayo en la vía pública y síntomas de COVID-19, falleció luego de que personal médico incurriera en diversas omisiones en su atención y tratamiento, lo que ameritó que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitiera la Recomendación 181/2023 a esa institución de salud.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 180/2023 al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), tras acreditar violaciones a los derechos humanos a la seguridad social, a la igualdad y no discriminación y la inobservancia de los principios de interpretación jurídica acordes con el interés superior de la niñez, por el caso de un padre de familia, derechohabiente del ISSSTE, a quien se le negó licencia laboral para cuidados paternos por enfermedad de su hija, toda vez que este organismo nacional agotó sus facultades legales para una conciliación que remediara los hechos violatorios, y dado el rechazo del ISSSTE a una propuesta de conciliación.
Derivado de que el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) no emitió respuesta a una Propuesta de Conciliación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), relacionada con el caso de dos personas adscritas a ese Instituto, quienes negaron una pensión por viudez por medio de un documento que carece de todos los elementos de un acto administrativo, además de que ejercieron coacción para que la persona solicitante renunciara a su derecho a dicha pensión, la CNDH le dirigió la Recomendación 179/2023 al ISSSTE.
Derivada de una investigación detallada en que se constataron las omisiones atribuibles a personal del Hospital General “Dr. Santiago Ramón y Cajal” (HG-SRC), en Durango, Durango en el tratamiento de una persona diagnosticada con síndrome de Guillain-Barré en su variante Miller Fisher, ya que no se le dio el seguimiento adecuado para dicho padecimiento, contribuyendo en su lamentable deceso, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 177/2023 al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) acreditó que personal del Centro Nacional de Control del Gas Natural (CENAGAS) vulneró los derechos fundamentales de una mujer, quien fue víctima de discriminación, acoso laboral y violencia psicológica por parte de sus superiores, lo que ameritó la emisión de la Recomendación 174/2023 a esa dependencia y la solicitud para que se le otorgue atención psicológica.
Tras acreditar una concatenación de omisiones en la atención a una persona de 63 años, quien en vida se encontraba privada de su libertad y contaba con antecedentes médicos de importancia, por parte del personal médico del Hospital del Centro Federal de Readaptación Social número 13 (CEFERESO-13) y del Hospital Rural del Instituto Mexicano del Seguro Social-Bienestar número 24 (Hospital Rural del IMSS), ambos en Miahuatlán de Porfirio Díaz, Oaxaca, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 175/2023 al Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social (OADPRS) y al IMSS.




