Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la integridad y seguridad personal, así como al trato digno en agravio de QV, asimismo al principio del interés superior de la niñez en agravio de V, personas en contexto de migración que transitaban por el Municipio de Acayucan, Veracruz.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica, al debido proceso, en agravio de V1, V2, V3, V4 y V5, así como del interés superior de la niñez de V3 y V4, familia inadmitida en México por personal del Instituto Nacional de Migración en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México

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Asunto:

A partir de una visita de trabajo, realizada el 6 de octubre de 2022, a la Estación Migratoria de Acayucan, Veracruz, personal de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) advirtió que personas menores de edad se encontraban alojadas en condiciones insalubres y no se habían realizado los trámites necesarios para canalizarlos a un Centro de Asistencia Social (CAS) del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), por lo que este organismo nacional emitió la Recomendación 65/2023 al Instituto Nacional de Migración (INM).

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Asunto:

Por ordenar la salida de territorio nacional de un ciudadano colombiano, quien contaba con un permiso legal para permanecer en México durante cinco días, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 62/2023 al Instituto Nacional de Migración (INM).

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 51/2023 al Instituto Nacional de Migración (INM) por violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica, al debido proceso, a la legalidad, a la libertad personal y al principio de no devolución, atribuibles a, por lo menos, dos personas servidoras públicas adscritas al INM en la ciudad de Tapachula, Chiapas, en agravio de una persona de nacionalidad salvadoreña que fue presentada en la Estación Migratoria Siglo XXI (EM-SXXI), sujeta a un procedimiento migratorio irregular y devuelta indebidamente a su país de origen, donde su integridad peligra.

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Asunto:

Sobre la violación al derecho a la seguridad jurídica y a la libertad de tránsito, en agravio de V1, QV1, QV2 y QV3 personas en contexto de migración de distintas nacionalidades que fueron retornadas indebidamente del Estado de Coahuila de Zaragoza al Estado de Nuevo León

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos, a la integridad y seguridad personal por tratos crueles, inhumanos o degradantes y a la seguridad jurídica, cometidas en agravio de V1, V2 y V3, por parte de personal adscrito a la estancia provisional de piedras Negras, Coahuila, del Instituto Nacional de Migración

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica, trato digno y al principio del interés superior de la niñez en agravio de niñas, niños y adolescentes acompañados y no acompañados en contexto de migración internacional, alojados en instalaciones habilitadas por el Instituto Nacional de Migración en Acayucan, Veracruz

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica, al debido proceso, a la legalidad, a la libertad personal y libertad de tránsito, en agravio de QV, de nacionalidad colombiana, que fue asegurado por elementos del Instituto Nacional de Migración, en el Estado de Baja California a pesar de contar con regular estancia en el país

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Asunto:

Por violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica y a la legalidad, así como al principio de no devolución en perjuicio de cuatro personas de nacionalidad cubana en contexto de migración y con la condición de refugiados en México que fueron deportados a su país de origen desde la Estación Migratoria en Villahermosa, Tabasco (EM-Villahermosa), la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 45/2023 al Instituto Nacional de Migración (INM).

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