En la Recomendación 197/2024, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) acreditó que el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) vulneró los derechos humanos de una persona adulta mayor al restringirle, inadecuadamente, el acceso a una pensión por compatibilidad.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 147/2024 tras acreditarse que el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) dejó de pagar la pensión de una persona mayor por transferencia bancaria, obligándola a acudir personalmente a sus oficinas para cobrarla mediante cheque. Este cambio vulneró los derechos humanos de la víctima, que enfrenta problemas de movilidad, por lo que usa silla de ruedas.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), emitió la Recomendación 204/2022 al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Alejandro Robledo Aburto, por violaciones a los derechos humanos a la seguridad social, a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y a la no discriminación por orientación sexual, cometidas por al menos tres personas servidoras públicas, adscritas al Departamento de Pensiones de la Subdelegación Hidalgo del IMSS en el estado de Jalisco, al negar el pago de pensión por viudez y dependencia económica a una persona derechohabiente, pese a que acreditó su concubinato con la persona beneficiaria fallecida.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 170/2022 al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social, Zoé Alejandro Robledo Aburto, por violaciones a la seguridad social, a la seguridad jurídica, al principio de legalidad y por discriminación relacionada con la orientación sexual, cometidas por al menos tres personas servidoras públicas, adscritas al Departamento de Supervisión de Prestaciones Económicas del IMSS en La Paz, Baja California Sur, al negar el acceso a la pensión por viudez a una persona que acreditó su concubinato con otra persona derechohabiente fallecida, por tratarse de una pareja del mismo sexo.
Sobre la vulneración a los derechos humanos a la legalidad y seguridad jurídica, así como a la seguridad social, atribuibles al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, por restringir a V el acceso a una pensión por viudez, por encontrarse desempeñando un trabajo remunerado incorporado al régimen de dicho Instituto Social.