El debate sobre la participación de las Fuerzas Armadas Permanentes en la seguridad pública de México ha generado inquietudes y malentendidos, especialmente sobre la llamada "militarización". En septiembre de 2023, la CNDH hizo público su posicionamiento respecto a la reforma legal que daba a la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) el control administrativo y operativo de la Guardia Nacional, y desde ese entonces planteamos que, si bien esa estrategia estaba fundada en los derechos humanos −razón por la cual no interpusimos acción de inconstitucionalidad−, estaríamos muy vigilantes del respeto a los derechos humanos, por lo que en su momento emitiríamos un análisis y un balance de esa reforma legal.
La seguridad pública es una función exclusiva del Estado mexicano, ejercida por la Federación, las entidades federativas y los municipios, conforme al artículo 21 de la CPEUM. Esta labor esencial tiene como objetivo principal garantizar una mayor calidad de vida y tranquilidad para la población. El Estado, como responsable de este servicio público, la ejecuta a través de diversas actividades y servicios realizados por sus instituciones facultados para preservar el Estado de Derecho y promover la convivencia pacífica
Sobre el caso de las violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al interés superior de la niñez con motivo de la inadecuada atención médica proporcionada en el Hospital Naval de Frontera, Tabasco, perteneciente a la Secretaría de Marina.
Luego de investigar minuciosamente los hechos y comprobar que elementos de la Secretaría de Marina (SEMAR) detuvieron y torturaron a una persona en 2012, acusada de diversos delitos, junto con su compañera, a quien amenazaron con dañarla si no les proporcionaba información, lo cual constituye violaciones graves a los derechos humanos a la integridad personal y al trato digno, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) dirigió la recomendación 130VG/2023 a la SEMAR por violaciones graves a los derechos humanos.
El 4 de noviembre de 2022, elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) agredieron, injustificadamente, con disparos de arma de fuego a cuatro personas que viajaban en un vehículo por calles de Nuevo Laredo, Tamaulipas, privando de la vida a una de ellas, situación que configuró violaciones graves a los derechos humanos de las víctimas y ameritó que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitiera la Recomendación 131VG/2023 al titular de la SEDENA.
Sobre el caso de violaciones graves a derechos humanos a la integridad personal y al trato digno, por actos de tortura en agravio de V1y actos de tortura y violencia sexual en agravio de V2, por parte de elementos de la Secretaría de Marina en Poza Rica, Veracruz.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la integridad personal y al trato digno por actos de tortura, así como a la libertad personal, seguridad jurídica y legalidad por retención ilegal, en agravio de V, atribuibles a elementos de la entonces Polícia Federal, en Morelia, Michoacán.
Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos a la libertad, integridad y seguridad personal, por la detención arbitraria, desaparición forzada y privación de la vida, en agravio de V, por elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional en Coyuca de Catalán, Guerrero.
Sobre el caso de violaciones a derechos humanos a la integridad y seguridad personal, derivado del uso ilegítimo de la fuerza con armas de fuego, lo cual produjo lesiones de carácter permanente a V, por elementos de la Secretaría de Marina, en San Felipe, Baja California.