Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a una vida libre de violencia en su modalidad de gineco-obstétrica en agravio de V1; a la vida, al interés superior de la niñez en agravio de V2; así como, al acceso a la información en materia de salud en agravio de V1 y QVI, atribuibles a personas servidoras públicas en la Unidad Médica Familiar no. 44 en Tancanhuitz y de la Clínica Hospital “B” en Ciudad Valles, ambos en San Luis Potosí, pertenecientes al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
En la Recomendación 114/2024, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) determinó que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deberá reparar integralmente los daños causados al recién nacido y a sus familiares, dado que comprobó que personal médico del Hospital General de Zona con Medicina Familiar número 1 (HGZ-1), en San Luis Potosí, no le proporcionó al bebé diligentemente la atención médica, ni gestionó los recursos necesarios para intervenirlo quirúrgicamente.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 111/2024 al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) luego de constatar violaciones a los derechos humanos por violencia obstétrica en el Hospital General de Subzona con Medicina Familiar número 9 y en el Hospital General de Zona con Medicina Familiar número 1 “Lic. Ignacio García Téllez”, ubicados en San Luis Potosí.
Luego de comprobar que personal médico del Hospital Rural Bienestar número 44 (HRB-44), en Tamazunchale, San Luis Potosí, no activó el protocolo de estudio correspondiente a la sospecha de infección sistemática grave de un recién nacido, lo que agravó su estado de salud, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 92/2024 al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Tras acreditar que personal del Instituto Nacional de Migración (INM) retuvo durante un tiempo prolongado, sin justificación alguna, a tres adolescentes, en el Centro de Asistencia Social “Un Refugio en el Camino” (CAS), de la Procuraduría de Protección a Niñas, Niños y Adolescentes de San Luis Potosí (PPNNA), la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 83/2024 al INM.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al principio del interés superior de la niñez en agravio de V; así como, al proyecto de vida en agravio de QVI1, QVI2, VI3, VI4 y VI5, por personal médico en el Hospital General de Zona con Medicina Familiar No. 1 “Lic. Ignacio García Téllez”, del Instituto Mexicano del Seguro Social en San Luis Potosí, San Luis Potosí
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a la vida, vulneración al principio del interés superior de la niñez en agravio de V; al acceso a la información en materia de salud y al proyecto de vida en agravio de QVI1 y QVI2, atribuibles a personas servidoras públicas del Hospital General de Zona con Medicina Familiar No. 1 del Instituto Mexicano del Seguro Social en San Luis Potosí, San Luis Potosí
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección a la salud y a la integridad personal, en agravio de QV y VI; a una vida libre de violencia obstétrica y a la información en materia de salud en agravio de QV; así como al principio del interés superior de la niñez en agravio de VI, por inadecuada atención médica en el Hospital General de Subzona con Medicina Familiar No. 9 y en el Hospital General de Zona con Medicina Familiar No. 1 “Lic. Ignacio García Téllez”, ambos del Instituto Mexicano del Seguro Social en San Luis Potosí, San Luis Potosí