Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno de V, persona mayor, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI, VI1 y VI2, atribuibles a personas servidoras públicas del Hospital General Regional No. 1 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Culiacán, Sinaloa
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a la vida en agravio de V; así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI, VI1 y VI2, atribuibles a personal del Hospital General Regional Número 1, del Instituto Mexicano del Seguro Social en la Ciudad de Culiacán, Sinaloa
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno en agravio de V persona adulta mayor, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI VI1, VI2, VI3 y VI4, por personal médico en el Hospital General Regional No. 12 y en el Hospital General No. 1, ambos del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Mérida, Yucatán
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno de V, persona adulta mayor, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI, VI1, VI2 y VI3 atribuibles a personas servidoras públicas del Hospital General de Zona No. 58 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el Estado de México
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno de V, persona adulta mayor, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI, VI1, VI2, VI3, VI4 y VI5 atribuibles a personas servidoras públicas del Hospital General Regional No. 1, Dr. Carlos Mac Gregor Sánchez Navarro, del Instituto Mexicano del Seguro Social, en la Ciudad de México
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a una vida libre de violencia obstétrica, a la protección de la salud, a la vida y al trato digno en agravio de V; así como, al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI y VI, atribuible al personal médico del Hospital General Regional No. 270 del Instituto Mexicano del Seguro Social en Reynosa, Tamaulipas
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno en agravio de V, persona adulta mayor; así como, al acceso a la información en materia de salud, en agravio de V, QVi1, QVI2, QVI3, VI4 y VI5, por personal médico en el Hospital General de Subzona No. 24 en “Pedernales” Tacámbaro y en el Hospital General de Zona No. 83 en Morelia, ambos en Michoacán, del Instituto Mexicano del Seguro Social.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 139/2024 al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) luego de acreditar que una persona recién nacida de doce días de vida recibió un diagnóstico equivocado y un tratamiento inadecuado, lo cual provocó que permaneciera demasiado tiempo hospitalizada, contrajera COVID-19 y falleciera por omisiones atribuibles al personal médico del Hospital General de Zona número 57 (HGZ-57), en Cuautitlán Izcalli; Hospital General Regional número 196 (HGR-196), en Ecatepec de Morelos; y Hospital General Regional número 72 (HGR-72), en Tlalnepantla de Baz, todos en el Estado de México.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a la vida de V1 y V2, así como al derecho a la información en materia de salud en agravio de QVI1, QVI2 y VI, por personal médico del Hospital General de Zona No. 58 y del Hospital General de Zona No. 5, del Instituto Mexicano del Seguro Social en Tlalnepantla, Estado de México, y Zacatepec, Morelos.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida, al trato digno de las personas mayores en agravio de V así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI, VI1, VI2 y VI3, en el Hospital General de Zona No. 2 del Instituto Mexicano del Seguro Social en Aguascalientes, Aguascalientes.