Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 124/2021 al titular del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social (OADPRS), José Ángel Ávila Pérez, por la negativa del 24 de febrero de 2021 a que la persona que presentó la queja ante la CNDH pudiera visitar a una persona privada de la liberta en el Centro Federal de Readaptación Social (CEFERESO) en Almoloya de Juárez, Estado de México, en calidad de abogada, con el argumento de que ella, al ser esposa de la víctima, ya contaba con acreditación como cónyuge para visitarlo y que ninguna persona puede obtener su registro en dos o más modalidades de visita para un mismo CEFERESO, lo que constituyó una violación al derecho a una defensa adecuada.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida, al principio del interés superior de la niñez y el acceso a la información, en agravio de V. en el Hospital General de Zona Núm. 30 del Instituto Mexicano del Seguro Social en Mexicali, Baja California

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud de V1, persona adulta mayor, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de V2, V3 y V4 por personal médico del Centro Médico Nacional Siglo XXI del Instituto Mexicano del Seguro Social, en la Ciudad de México.

Asunto:

Sobre el caso de violaciones al derecho humano a la vida por uso excesivo de la fuerza, que derivó en la pérdida de la vida de doce personas entre quienes se encontraban V1, V2 y V3, cometida por elementos militares en hechos ocurridos en Nuevo Laredo, Tamaulipas y la indebida procuración de justicia por parte de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Tamaulipas en agravio de V1, V2 y V3

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Asunto:

Sobre el caso de las personas privadas de la libertad que resultaron lesionados en un motín que se suscitó en el Centro de Reinserción Social en Mexicali, Baja California.

Asunto:

Sobre el caso de la violación del derecho a la vida en agravio de V y de sus familiares QV1 y QV2, por la falta de debida diligencia en las actividades de supervisión y mantenimiento de las líneas aéreas de distribución de energía eléctrica en el Municipio de San Francisco de Campeche, Campeche

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Asunto:

Sobre el caso de violación de los derechos humanos a la vida, la seguridad jurídica, Acceso a la justicia en su modalidad de procuración y al principio del interés superior de la niñez, en agravio de V1 y de sus familiares, por la falta de debida diligencia en las actividades de supervisión y mantenimiento de las líneas aéreas de distribución de energía electrónica en el Municipio de Asunción Nochixtlán, Oaxaca y por la indebida investigación de los actos y omisiones probablemente delictivos relacionados.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la vida, a la protección a la salud y a la seguridad jurídica que derivó en el fallecimiento de la V en el Centro Federal de Readaptación Social en Almoloya de Juárez, Estado de México.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al interés superior de la niñez en agravio de V1 en el Hospital General de Zona N° 10 del Instituto Mexicano del Seguro Social en Manzanillo, Colima.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la salud, a la vida, al principio del interés superior de la niñez y al acceso a la información en materia de salud en agravio de V, en el Hospital General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado en Aguascalientes.

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