Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a la vida en agravio de QV, quien falleció a causa de una inoportuna e inadecuada atención médica en el ahora Centro Federal de Reinserción Social no. 14 “CPS Durango”, y de las omisiones cometidas en la integración de su expediente clínico, así como a la integridad psicoemocional de QVI y VI por el deceso de la víctima directa.
La falta de atención médica oportuna por personal del Centro Federal de Reinserción Social (CEFERESO) número 14 “CPS Durango” ocasionó que una persona privada de la libertad (PPL) falleciera víctima de cáncer, ante lo cual la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 155/2025 al Titular del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Reinserción Social (OADPRS).
La presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), maestra Rosario Piedra Ibarra, llamó a reconocer las necesidades particulares de las personas mayores en reclusión y asegurarles atención especializada y condiciones dignas de estancia, durante la presentación del Pronunciamiento sobre el deber del estado de garantizar los derechos humanos de las personas mayores privadas de la libertad y la adopción de medidas preventivas frente al envejecimiento de la población penitenciaria.





La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), autoridades penitenciarias de los estados Chiapas, Estado de México, Guerrero, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Puebla, San Luis Potosí, Veracruz y Yucatán, además de varias defensorías públicas realizaron actividades interinstitucionales con el objetivo de mejorar la situación de las personas indígenas privadas de la libertad.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y a la muerte digna en agravio de V, quien se encontraba privado de la libertad en el ahora Centro Federal de Reinserción Social no. 14, “CPS Durango”, en Gómez Palacio, al omitir brindarle atención médica integral y oportuna además de no proporcionarle condiciones de vida mínimas compatibles con la dignidad humana, así como al derecho de acceso a la información en materia de salud en perjuicio de la víctima directa, QVI, VI1, VI2 y VI3.
En la Recomendación 003/2026, dirigida al Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Reinserción Social (OADPRS), la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) constató omisiones en la atención médica brindada a una persona privada de la libertad en el Centro Federal de Reinserción Social (CEFERESO) número 14 “CPS Durango”, quien padecía cáncer terminal y desafortunadamente falleció.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a la vida en agravio de QV, quien se encontraba privado de la libertad en el ahora Centro Federal de Reinserción Social no. 18, “CPS Coahuila”, en Ramos Arizpe, por omitir brindarle atención médica integral y oportuna; así como al derecho de acceso a la información en materia de salud en perjuicio de la víctima directa, VI1, VI2 y VI3.
Las deficiencias y omisiones en que incurrieron médicos del Centro Federal de Readaptación Social (CEFERESO) No. 18, “CPS Coahuila”, ubicado en Ramos Arizpe, y del Hospital General Saltillo, Coahuila, provocaron el deceso de una persona privada de la libertad, según constató la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la integridad personal y a la vida en agravio de V, y al derecho humano a la reinserción social en el ahora Centro Federal de Reinserción Social no. 5 “Oriente” en Villa Aldama, Veracruz, así como al derecho humano al acceso a la justicia y a la verdad en agravio de VI1 y VI2.




