La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 49/2023 al gobernador constitucional del estado de Morelos, Cuauhtémoc Blanco Bravo, sobre el Recurso de Impugnación por la no aceptación por parte del Gobierno de la entidad y de la Comisión Estatal de Seguridad Pública (CESPM) de la Recomendación emitida por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos (CDHM), por la detención sin justificación jurídica y uso ilegítimo de la fuerza perpetrada por elementos de la policía adscritos a la CESPM, actos que violaron los derechos humanos a la seguridad jurídica, a la libertad e integridad personal y a la vida de la víctima.
Ante un Recurso de Impugnación presentado por una persona por la deficiente integración y notificación de una Recomendación emitida por la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Chihuahua (CEDH), la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 47/2023 a dicho organismo defensor de los derechos humanos.
Durante un encuentro, efectuado la tarde de este 4 de mayo en las instalaciones del Centro Nacional de Derechos Humanos (CENADEH) “Rosario Ibarra de Piedra”, entre la Dra. Consuelo Morales Treviño, secretaria técnica de la Red de Instituciones Nacionales para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos del Continente Americano (RINDHCA), y la mtra. Rosario Piedra Ibarra, presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), le fue entregada a esta Comisión Nacional la acreditación de estatus “A” como Institución Nacional de Derechos Humanos (INDH), otorgada por la Alianza Global de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (GANHRI), con lo que se reconoce el compromiso de esta Comisión Nacional con el pleno cumplimento de los Principios de París.
En el marco de la conmemoración del Día Internacional de la Partera, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) llama a las autoridades del Estado mexicano a reconocer y respetar plenamente la práctica de la partería tradicional, ya que es una labor que hace efectivo el derecho a la salud y a la protección de los derechos culturales de pueblos y comunidades originarias.




