Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a salud, a la vida y al interés superior de la niñez de V1, V2, V3, V4, V5, V6 y V7, y de manera colectiva, a la salud, alimentación, educación y nivel de vida adecuados de la comunidad indígena Rarámuri de Choréachi, en el municipio de Guadalupe y Calvo, Chihuahua.
Audios versión Rarámuri:
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica, a la libertad personal y libertad de tránsito, en agravio de QV1, V1, V2 y V3 de nacionalidad venezolana y al principio del interés superior de la niñez en agravio de V2 y V3, que fueron aseguradas por elementos del Instituto Nacional de Migración, en el estado de Nuevo León a pesar de contar con regular estancia en el país.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a una vida libre de violencia obstétrica, a la vida y al interés superior de la niñez, por inadecuada atención médica en agravio de V; así como, al acceso a la información en materia de salud, en agravio de QV, en el Hospital General de Zona Número 3 del IMSS, en Navojoa, Sonora.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección a la salud y a la vida, por la inadecuada atención médica en agravio de V, que derivó en una mala calidad de vida, por parte de personal médico del consultorio Monterrey de Pemex, Hospital General Cadereyta de Pemex, Hospital Regional Ciudad Madero de Pemex, así como del Hospital Regional Reynosa de Pemex
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la integridad y seguridad personal, por la retención ilegal en agravio de QVD, VD1, VD2 y VD3, por violencia sexual en agravio de QVD y VD1, así como por omisión de garantizar el interés superior de la niñez en agravio de VD1, VD2 y VD3 por elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional en Ecuandureo, Michoacán.
El MNPT emite su Informe Anual de Actividades con el objetivo de dar a conocer el diagnóstico de la situación que impera en la República Mexicana en materia de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes de 2021. Lo anterior, de acuerdo con lo establecido en los artículos 23 del Protocolo Facultativo de la Convención Contra la Tortura; 78, fracción XIV de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y 40 del Reglamento del MNPT.
Del 10 al 12 de septiembre y del 19 al 20 de octubre de 2021, el MNPT visitó el Centro Federal de Readaptación Social 14 con el objetivo de obtener información contextual respecto de los hechos ocurridos en un motín el primero de julio de 2021, así como prevenir acciones de tortura y tratos crueles. Se detectaron factores de riesgo sobre la falta de regulación del uso de la fuerza y de protocolos de intervención en incidentes violentos.
Sobre el caso de violaciones a derechos humanos al trato digno, a la integridad y seguridad personal por uso excesivo de la fuerza que derivó en tratos crueles, inhumanos o degradantes, a la protección de la salud en relación a la salud mental, al acceso a la justicia y a la verdad, así como a la seguridad jurídica y a la legalidad, en agravio de V, persona que se encontraba privada de la libertad en el Centro Penitenciario Federal en Ramos Arizpe, Coahuila
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la integridad personal y al trato digno por actos de tortura, así como a la libertad personal, seguridad jurídica y legalidad por retención ilegal, en agravio de V, atribuibles a elementos de la entonces Polícia Federal, en Morelia, Michoacán.
Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos a la libertad, legalidad y seguridad jurídica, por la detención arbitraria, retención ilegal e imputación indebida de hechos en agravio de V1, V2, V3, V4, V5 y V6; a la integridad personal por actos constitutivos de tortura en agravio de V1, V2, V3 y V4, así como a la privacidad del domicilio de QV, atribuibles a elementos de la Secretaría de Seguridad Pública y la Fiscalía General, ambas del Estado de Veracruz.




