Síntesis / Resumen

• Falta de consulta previa, libre, informada, culturalmente adecuada y de buena fe a los pueblos y comunidades indígenas.

• Derecho a ser asistido por intérpretes que tengan conocimiento de la cultura indígena.

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Estado Procesal
Resuelta en fecha 28/06/2018
Sentido de la Resolución

PRIMERO. Es procedente y fundada la acción de inconstitucionalidad 151/2017.

SEGUNDO. Se declara la invalidez del Decreto 534/2017 por el que se modifica la Ley para la Protección de los Derechos de la Comunidad Maya del Estado de Yucatán y la Ley del Sistema de Justicia Maya del Estado de Yucatán, publicado en el Periódico Oficial de ese Estado el treinta y uno de octubre de dos mil diecisiete.

TERCERO. La declaración de invalidez decretada en este fallo surtirá sus efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos de esta sentencia al Congreso del Estado de Yucatán.

CUARTO. Publíquese esta sentencia en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Estado de Yucatán, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.

Tema de la acción

Derechos a la consulta previa, a ser asistido por intérpretes que tenga conocimiento de su cultura y a aplicar sus propios sistemas normativos de los pueblos y comunidades indígenas; acceso a la justicia y principio de progresividad y no regresividad.

Datos de la acción

Demanda de acción de inconstitucionalidad 151/2017, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 30 de noviembre de 2017, en contra de la integridad del Decreto 534/2017 por el que se modificaron las leyes para la Protección de los Derechos de la Comunidad Maya y del Sistema de Justicia Maya, ambas del estado de Yucatán, publicado en el Diario Oficial del Gobierno local el 31 de octubre de 2017; y, de manera particular, del artículo 7, fracción I, de la Ley para la Protección de los Derechos de la Comunidad Maya del Estado de Yucatán.

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