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Asunto
  • Indebida supletoriedad de normas.
  • Requisitos injustificados y discriminatorios para ser titular de la Dirección del Archivo General en la entidad.
Estado Procesal
Resuelta en fecha 30/04/2024
Sentido de la Resolución

PRIMERO. Es procedente y parcialmente fundada la presente acción de inconstitucionalidad y su acumulada.

SEGUNDO. Se desestima en la presente acción de inconstitucionalidad y su acumulada respecto de los artículos 3, párrafo segundo, en su porción normativa “Ley General de Responsabilidades Administrativas”, y 95 de la Ley de Archivos para el Estado de Sinaloa, expedida mediante el DECRETO NÚMERO 516, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el cuatro de febrero de dos mil veintidós.

TERCERO. Se reconoce la validez de los artículos 63, 78, 99, fracción III, y 104 de la referida Ley de Archivos para el Estado de Sinaloa.

CUARTO. Se declara la invalidez del artículo 102, fracción III, de la citada Ley de Archivos para el Estado de Sinaloa, la cual surtirá sus efectos a partir de la notificación de estos puntos resolutivos al Congreso del referido Estado, como se puntualiza en el apartado VII de esta determinación.

QUINTO. Publíquese esta resolución en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Estado de Sinaloa, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.

Tema de la acción

Derecho de igualdad y prohibición de discriminación, de acceso a un cargo en el servicio público, a la seguridad jurídica, a la libertad de trabajo y principio de legalidad.

Datos de la acción

Demanda de acción de inconstitucionalidad 41/2022, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 7 de marzo de 2022, promovida en contra de los artículos 3, segundo párrafo, en la porción normativa “la Ley General de Responsabilidades Administrativas”, y 102, fracción III, de la Ley de Archivos para el Estado de Sinaloa.