Síntesis / Resumen
  • Incompetencia para expedir la ley en materia de justicia cívica hasta que se emita la ley general correspondiente.
  • Requisito discriminatorio por origen nacional para ocupar un cargo público.
  • Imprecisión en la determinación de conductas de infracciones administrativas.
  • Inconstitucionalidad de la posibilidad de detención de menores de edad.
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Estado Procesal
Resuelta en fecha 14/01/2021
Sentido de la Resolución

PRIMERO. Es procedente y parcialmente fundada la presente acción de inconstitucionalidad.

SEGUNDO. Se reconoce la validez de los artículos 13, fracciones II y III, y 14, fracción VI, en su porción normativa ‘o que puedan producir’, de la Ley de Cultura y Justicia Cívica para el Estado de Nayarit, publicada en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el cinco de junio de dos mil diecinueve, en atención al considerando quinto, apartados B.2, B.3 y B.4, de esta decisión.

TERCERO. Se declara la invalidez de los artículos 12, fracción I, en su porción normativa ‘o verbalmente’, 32, párrafo segundo, en su porción normativa ‘se otorgará una prórroga de cuatro horas. Si al término de la prórroga no asistiera’, 93, fracción I, en su porción normativa ‘por nacimiento’, y 94, fracción I, en su porción normativa ‘por nacimiento’, de la Ley de Cultura y Justicia Cívica para el Estado de Nayarit, publicada en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el cinco de junio de dos mil diecinueve, la cual surtirá sus efectos a partir de la notificación de estos puntos resolutivos al Congreso del Estado de Nayarit, como se precisa en los considerandos quinto, apartados B.1, C y D, y sexto de esta determinación.

CUARTO. Publíquese esta resolución en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Estado de Nayarit, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.

Tema de la acción

Derechos a la igualdad, a la seguridad jurídica, de acceso a un cargo público, a dedicarse a cualquier profesión, industria, comercio o trabajo lícitos; los principios de legalidad y de interés superior de la niñez, así como la prohibición de discriminación

Datos de la acción

Demanda de acción de inconstitucionalidad 70/2019, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 5 de julio de 2019, en contra de la Ley de Cultura y Justicia Cívica para el Estado de Nayarit en su integridad; en lo particular sus artículos 12, fracción I, en la porción normativa “o verbalmente”, 13, fracciones II, en la porción normativa “o bien poseer animales de granja en la ciudad que ocasionen cualquier molestia”, y III, y 14, fracción VI, en la porción normativa “que puedan producir”, 32, segundo párrafo, 93, fracción I, en la porción normativa “por nacimiento”, y 94, fracción I, en la porción normativa “por nacimiento”.

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