Asunto:

Tras comprobar que se trasgredieron los derechos a la legalidad y seguridad jurídica en agravio de una persona a quien se le incumplió un pago aprobado en acuerdo plenario del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) y por el recurso de impugnación contra la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM), al no ejercer sus atribuciones para iniciar una investigación por posibles violaciones a derechos humanos, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió a ambos organismos la Recomendación 31/2024.

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Asunto:

El derecho de asilo es uno de los derechos humanos fundamentales, porque está vinculado con el ejercicio de otros derechos humanos y sobre él se finca, no solamente la dignidad humana, sino las reglas de convivencia entre los pueblos; se trata de un acto pacífico y humanitario y, como tal, no puede ser considerado inamistoso por ningún otro Estado. Es por eso que preocupa y sorprende que ese haya sido el pretexto con el cual la noche de ayer, fuerzas armadas del gobierno de Ecuador hayan incurrido en el asalto de la Embajada de México, que además conlleva graves violaciones al derecho internacional.

Asunto:

Por vulnerar gravemente los derechos humanos de una persona detenida y torturada el 5 de octubre de 2012, quien además fue puesta disposición de la autoridad ministerial correspondiente dos días después de su aseguramiento, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 151VG/2024 a la Secretaría de Marina (SEMAR), a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) federal y a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del Estado de San Luis Potosí (SSPCE).

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