Asunto:

Sobre el caso de las violaciones a los derechos humanos a un medio ambiente sano y al saneamiento del agua, por la contaminación del Río Papaloapan, en el Municipio de Tlacotalpan en Veracruz.

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Asunto:

Sobre el caso de la violación a los derechos humanos a un medio ambiente sano, al agua potable, participación y acceso a información pública en materia ambiental en detrimento de habitantes de la zona metropolitana de Veracruz.

Asunto:

Sobre el caso de las violaciones a los derechos humanos a un medio ambiente sano y al saneamiento del agua por la contaminación de la presa Necaxa en puebla, por descargas de aguas residuales sin tratamiento previo.

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Asunto:

Sobre el recurso de impugnación en contra del incumplimiento de una recomendación emitida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Veracruz, relacionada con violaciones al derecho humano a la seguridad social y seguridad jurídica de RV, cometidas por la Secretaría de Finanzas y Planeación y Secretaría de Educación, ambas del estado de Veracruz.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a la vida en agravio de V, quien vivía con - y se encontraba privado de la libertad en el Centro Federal de Readaptación Social No. 12 en Ocampo, Guanajuato, así como al derecho al acceso a la información en materia de salud en menoscabo de V y de QVI.

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Asunto:

Sobre el recurso de impugnación de RV, por la no aceptación por parte de la Junta -Especial No. 3 de la Local de Conciliación y Arbitraje, el DIF Municipal y H. Ayuntamiento Municipal de Pijijiapan, Chiapas, de la Recomendación emitida por la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Chiapas.

Asunto:

Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos al trato digno, a la integridad y seguridad personal de QV, por actos constitutivos de tortura cometidos por elementos de la Policía Ministerial de la entonces Procuraduría General de Justicia del estado de Tamaulipas.

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Asunto:

El 21 de septiembre de 2023, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) solicitó a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) copias simples de una investigación que, aunque concluyó con una recomendación, sigue en curso tras ser reabierta a petición de las víctimas, quienes presentaron nuevos elementos probatorios.

Asunto:

Durante esta gestión, en la Comisión Nacional de los Derechos Humanos hemos cuestionado toda forma de autoritarismo y de ejercicio arbitrario del poder. Este cuestionamiento ha sido profundo. Con ello, quiero decir que hemos expuesto las raíces históricas profundas del autoritarismo y de la violencia política de Estado en nuestro país. Esas raíces se remontan a los años cincuenta del siglo pasado con la represión del movimiento henriquista y se extienden hasta el final del siglo XX y los comienzos del siglo XXI en pleno auge de los gobiernos neoliberales. Como resultado de ello, hemos emitido la Recomendación General 46/2022 y la Recomendación 98VG/2023, dos documentos que combinan el análisis de contexto, el método histórico y el análisis jurídico para visibilizar la cultura de la simulación democrática que se arraigó durante décadas en nuestro país. La comprensión y exposición de la cultura autoritaria requiere “ir a lo profundo” y, para ello, hay que escarbar el pasado para atender las demandas de las víctimas que vienen de lejos. Afortunadamente en los últimos años hemos dado pasos firmes para revertir la cultura de la simulación democrática y construir, en su lugar, una democracia popular de derechos humanos.

Asunto:

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deberá tomar las medidas necesarias para que una persona, víctima de negligencia médica atribuible a personas servidoras públicas del Hospital de Traumatología y Ortopedia “Dr. Victorio de la Fuente Narváez” de dicho instituto en la Ciudad de México, pueda obtener una prótesis adecuada a sus características físicas. Esto se debe a que se comprobó que el personal médico vulneró sus derechos humanos al realizarle una amputación sin la debida valoración, según lo estipula la Recomendación 76/2024 emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

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