Síntesis / Resumen
  • Falta de consulta estrecha y participación activa de las personas con discapacidad
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Estado Procesal
Resuelta en fecha 17/05/2021
Sentido de la Resolución

PRIMERO. Es procedente y fundada la presente acción de inconstitucionalidad.

SEGUNDO. Se declara la invalidez del Decreto Número 27815/LXII/20 por el que se reforman diversos artículos de la Ley para la Inclusión y Desarrollo Integral de las Personas con Discapacidad del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veintisiete de febrero de dos mil veinte, de conformidad con lo establecido en el considerando quinto de esta decisión.

TERCERO. La declaratoria de invalidez decretada surtirá sus efectos a los dieciocho meses siguientes a la notificación de estos puntos resolutivos al Congreso del Estado de Jalisco, en la inteligencia de que, dentro del referido plazo, previo desarrollo de la respectiva consulta a las personas con discapacidad, dicho Congreso deberá legislar en la materia contenida en la reforma invalidada, en los términos precisados en el considerando sexto de esta determinación.

CUARTO. Publíquese esta resolución en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.

Tema de la acción

Derecho a la consulta estrecha y participación activa de las personas con discapacidad, a través de las organizaciones que las representan.

Datos de la acción

Demanda de acción de inconstitucionalidad 176/2020, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 03 de agosto de 2020, en contra del Decreto número 27815/LXII/20 por el que se reformaron diversas disposiciones de la Ley para la Inclusión y Desarrollo Integral de las Personas con Discapacidad del Estado de Jalisco, publicado el 27 de febrero de 2020 en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa.

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