- Remuneración del Presidente de la República como único tope salarial máximo.
- Requisito discriminatorio por origen nacional para ocupar un cargo público.
ÚNICO. Se sobresee en la presente acción de inconstitucionalidad.
Derechos a la igualdad y no discriminación, a la seguridad jurídica, de acceso a un cargo público y a una remuneración anual y proporcional a las responsabilidades, así como la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos.
Demanda de acción de inconstitucionalidad 55/2019, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 15 de mayo de 2019, en contra de los artículos 17, primer párrafo, en la porción normativa “por lo que su remuneración no podrá ser superior a la de la persona que ocupe la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México”, y 18, fracción I, inciso c), numeral 1), en la porción normativa “por nacimiento”, de la Ley del Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México.