Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la libertad, seguridad jurídica e integridad personal por la detención arbitraria, retención ilegal y actos constitutivos de tortura en agravio de v1, así como a la inviolabilidad del domicilio de V2, por elementos de la Secretaría de Marina en Matamoros Tamaulipas.

Asunto:

A pesar de que Latinoamérica ha logrado avances en la protección de los derechos humanos, es necesario reconocer que la tortura aún persiste en la región, sobre todo en contextos de violencia o de falta de gobernabilidad, por lo que es preciso redoblar esfuerzos para erradicar dicha práctica, señaló la presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), Rosario Piedra Ibarra.

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), dirigió la Recomendación 18/2021, al titular de la Fiscalía General de la República (FGR), Alejandro Gertz Manero, tras acreditar violaciones a los derechos humanos, a la integridad y seguridad personal, así como al trato digno, por actos de tortura, atribuibles a elementos de la entonces Policía Federal Ministerial de Tamaulipas, en el 2015.

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Asunto:

La CNDH dirigió la Recomendación 20/2021, al Fiscal General de la República, Alejandro Gertz Manero, por violentar los derechos humanos de una persona a la integridad personal y trato digno por actos de tortura, atribuibles a elementos de la entonces Agencia Federal de Investigaciones. Este Organismo Autónomo ha reiterado que la persecución y sanción de los delitos debe realizarse siempre en el marco de la ley.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a derechos humanos a la integridad y seguridad personal, así como al trato digno, por actos de tortura en agravio de V1 y V2, atribuibles a personas servidoras públicas de la entonces Procuraduría General de la República, en el Estado de Tamaulipas.

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Asunto:

La CNDH ha acordado iniciar, en todos los términos la queja interpuesta por Mario Aburto Martínez, misma que fue presentada inicialmente por sus familiares, y en la que señalan presuntos actos violatorios de sus derechos humanos, en lo sustancial que no se le brinda atención médica, ni la alimentación que requiere con motivo de los padecimientos crónicos que presenta, por lo que se encuentra muy débil y deteriorado en su estado de salud; pero además, que es víctima desde el año de 1994 hasta la fecha, de diversas conductas, como tratos crueles, inhumanos, degradantes, y de tortura, que vulneran su integridad física y psicológica.

Asunto:

Sobre el caso de violaciones a derechos humanos a la integridad y seguridad personal, así como al trato digno por actos de tortura en agravio de V1, V2 y V3, atribuibles a la entonces Policía Federal, en el Estado de Jalisco

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica por la retención ilegal; a la integridad personal por actos de tortura cometidos en agravio de V, atribuibles a elementos de la polícia federal, en Valle Hermoso Tamaulipas, así como al acceso a la justicia en su modalidad de Procuración de Justicia cometido en agravio de V, atribuible a personal ministerial de la actual Fiscalía General de la República.

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