Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica, al debido proceso, a la legalidad, a la debida diligencia y a la libertad personal de QV y V, y al interés superior de la niñez de V, por dilación en el procedimiento administrativo en la oficina de representación del Instituto Nacional de Migración en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 138/2023 al titular del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social (OADPRS) de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), y a la Fiscalía General del Estado de Chiapas (FGE Chiapas), luego de acreditar violaciones a los derechos humanos a la integridad personal, a la salud y a la vida, en agravio de una persona privada de la libertad (PPL) que fue agredida por otras, también privadas de la libertad en ese establecimiento penitenciario, por lo que lamentablemente falleció debido a una intervención tardía y negligente de las autoridades del penal, ubicado en Villa Comaltitlán, en el estado de Chiapas.
Del 29 de agosto al 12 de octubre, personal adscrito al MNPT visitó nueve CEFERESOS con la finalidad de obtener información contextual sobre las condiciones y el trato que reciben las personas privadas de la libertad en los centros penitenciarios federales. Para ello, se realizaron 226 entrevistas y se identificaron factores de riesgo sobre encierros prolongados así como sujeciones mecánicas injustificadas, personal médico insuficiente, falta de ventilación e iluminación en las estancias, deficientes mecanismos de comunicación con el exterior y la mala calidad en el suministro de alimentos.
Del 22 al 25 de marzo de 2022, el MNPT realizó 11 visitas que derivaron de la identificación de los centros penitenciarios registrados en la zona sur de México con calificaciones bajas en el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria 2021, así como de la recopilación de notas periodísticas que daban cuentan de condiciones inadecuadas en estos centros. El objetivo de las visitas fue identificar factores de riesgo que, de no mitigarse, podrían propiciar entornos de tortura o de malos tratos para la población privada de la libertad.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la integridad personal, a la salud y a la vida, en correlación con la omisión del deber de cuidado, en agravio de V, en el Centro Federal de Readaptación Social No.15 en Villa Comaltitlán, Chiapas; así como al derecho al acceso efectivo a la justicia y a la verdad, en menoscabo de VI, por la Fiscalía General de esa entidad federativa
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos relativos a la protección de la salud, derecho a una vida libre de violencia obstétrica de QV1, al derecho a la vida de V2 y derecho de acceso a la información en materia de salud, en la Unidad de Medicina Familiar No. 23 y en el Hospital General de Zona No. 2 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Tuxtla Gutierrez, Chiapas
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno de V, persona adulta mayor; así como, al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI por personal médico del Hospital General de Zona No. 1 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Tapachula, Chiapas
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la integridad y seguridad personal, a la seguridad jurídica, igualdad y no discriminación cometidos en agravio de QV, por parte de personal de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados en Tapachula, Chiapas
Tras investigar y acreditar el sometimiento de una persona al uso desproporcionado e indebido de la fuerza pública y haberla retenido más del tiempo estrictamente necesario para ser puesta a disposición de la autoridad ministerial en hechos ocurridos en la ciudad de Tapachula, Chiapas, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 113/2023 al Instituto Nacional de Migración (INM).
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la integridad y seguridad personal, a la legalidad y a la seguridad jurídica por la retención ilegal en Tapachula, Chiapas, en agravio de QV.




