Asunto:

Por violentar el derecho humano a una vivienda adecuada en agravio de familias damnificadas por el huracán “Ingrid” y la tormenta tropical “Manuel”, a las que se entregó 71 viviendas de alto riesgo, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 89/2020 a Román Guillermo Meyer Falcón, Titular de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU).

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) condena enérgicamente los homicidios de las personas indígenas María Agustín Chino, Amalia Morales Guapango, Benito Migueleño y Miguel Migueleño, ocurridos el pasado 19 de diciembre en las inmediaciones del municipio de Chilapa de Álvarez, en el estado de Guerrero, y exhorta al gobierno de dicha entidad, a la Fiscalía General de Justicia y a la Secretaría de Seguridad Pública de Guerrero para que, sin demora, realicen las investigaciones correspondientes, de manera eficaz, que conduzcan al esclarecimiento de los hechos y se dé castigo al o los responsables, así como la reparación integral del daño a familiares de las víctimas.

Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) manifiesta su rechazo a cualquier reforma legislativa que constituya una regresión en los derechos humanos de las mujeres, por lo que insta respetuosamente al Congreso del Estado de Guerrero a garantizar el derecho que tienen las mujeres víctimas de violencia sexual a interrumpir legalmente su embarazo.

Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 41/2020 al Gobernador Constitucional del Estado de Guerrero, Héctor Astudillo Flores, y al Presidente de la Comisión de los Derechos Humanos de esa entidad federativa, Ramón Navarrete Magdalena, derivado de un recurso de impugnación por el caso de una alumna menor de edad, afectada psicológicamente por las agresiones de su maestra de tercer grado de educación primaria en un Plantel Educativo Particular en Acapulco, Guerrero.

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Asunto:

Sobre el Recurso de Impugnación de R promovido en contra de acuerdo de no comprobación de la queja, emitido por la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Guerrero.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección a la salud y a la vida, por la inadecuada atención médica, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de V1, persona mayor, en el Hospital General de Subzona con Medicina Familiar 19 en Altamirano, Guerrero y el Hospital de Especialidades “Dr. Antonio Fraga Mouret” del Centro Médico Nacional “La Raza”, en la Ciudad de México, ambos del Instituto Mexicano del Seguro Social.

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Asunto:

Producto de un Recurso de Impugnación, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 17/2020 al Ayuntamiento de Ajuchitlán del Progreso, Guerrero, por no aceptar una Recomendación de la Comisión de Derechos Humanos de la entidad que solicitaba cumplir un laudo laboral emitido el 25 de enero de 2012.

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Asunto:

Semanario para promover, divulgar y difundir los días internacionales y nacionales de la semana en curso desde el ámbito internacional de los derechos humanos y su contextualización nacional.

Asunto:

Sobre el Recurso de Impugnación de R, por la no aceptación del Ayuntamiento de Ajuchitlán del Progreso, Guerrero, de la Recomendación emitida por la Comisión de los Derechos Humanos de esa entidad federativa.

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Asunto:

El Gobierno del Estado de Guerrero confunde y hace referencia al comunicado DG/142/2020 y no al DG/155/2020 Mediante oficio número SGG/JF/0036/2020, fechado el 19 de mayo pasado, signado por Lic. Florencio Salazar Adame, en su carácter de Secretario General de Gobierno del Estado de Guerrero, el Gobierno del Estado de la citada entidad federativa aparentemente da respuesta al comunicado de prensa DG/155/2020, que emitió la CNDH el 14 de mayo pasado, en el que exhortó al H. Congreso del Estado de Guerrero para que con carácter urgente, aprobara el proyecto de decreto por el que se reforman y se adicionan diversos artículos de la Sección II de los Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero.