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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 53/2017, dirigida al Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), por violaciones a los derechos humanos de acceso a la seguridad social, igualdad, no discriminación, legalidad y seguridad jurídica a causa de haberse declarado improcedente el otorgamiento de la pensión por viudez a tres concubinarios.

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El Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNPT) emitió el Informe 3/2018, dirigido a los Presidentes Municipales de 20 Ayuntamientos del estado de Jalisco sobre la visita a 29 lugares de detención que dependen de esas instancias, de los cuales 19 están destinados a la aplicación de sanciones administrativas de arresto –Comisarías y Separos de Seguridad Pública— y 10 funcionan como cárceles municipales, además de una casa hogar para menores de edad, en los que se detectaron algunas de las distintas irregularidades relacionadas con la falta de trato humano y digno, legalidad y seguridad jurídica, protección de la salud e integridad personal que constituyen factores de riesgo en materia de tortura o maltrato.

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Las descargas residuales no controladas tanto municipales como industriales contaminan los ríos Atoyac, Xochiac o Hueyapan y sus afluentes, en agravio de quienes habitan y transitan en los municipios de San Martín Texmelucan y Huejotzingo en el estado de Puebla, y en los municipios de Tepetitla de Lardizábal, Nativitas e Ixtacuixtla de Mariano de Matamoros en el estado de Tlaxcala, dio origen a la Recomendación 10/2017 emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

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La omisión de las autoridades federales y estatales de inspeccionar y adoptar medidaslegislativas, administrativas, económicas, educacionales y sociales dio lugar a la violación delos derechos humanos al trabajo, a la seguridad social, a un nivel de vida adecuado y al interéssuperior de la niñez de personas jornaleras agrícolas.

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Una mujer con embarazo gemelar de alto riesgo no fue escuchada por la Directora de la Escuela Primaria “República de Indonesia”, donde se desempeña como asistente de servicios, para que le fueran cambiadas sus actividades a fin de que no le implicaran un riesgo físico, la negativa derivó en un parto prematuro en que falleció uno de sus hijos y el otro tuvo problemas graves de salud y, posteriormente, discapacidad visual.

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La negativa del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a otorgar a siete mujeres derechohabientes el periodo completo de incapacidad por maternidad de 12 semanas a que tienen derecho, de acuerdo con lo establecido por el artículo 123 constitucional, el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo y diversos instrumentos internacionales en materia de derechos humanos, dio origen a la Recomendación 23/2017 que emitió la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y dirigió al titular de esa Institución, Mikel Andoni Arriola Peñalosa.

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La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 67/2017, dirigida al Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), Rafael Pacchiano Alamán; al Procurador Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), Guillermo Haro Bélchez; al Director General del Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR), Miguel Alejandro Alonso Reyes, y al Presidente Municipal de Benito Juárez, Remberto Estrada Barba, por la remoción de manglar para la realización del desarrollo “Malecón Cancún” (Proyecto Tajamar) en el Estado de Quintana Roo.

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Aunque conocían su estado de salud por embarazo de alto riesgo, autoridades de la Coordinación General de Servicios Periciales de la Agencia de Investigación Criminal de la Procuraduría General de la República (PGR) obligaron a una perita en antropología forense a realizar esfuerzos y actividades peligrosas que contribuyeron a la pérdida del producto de la gestación. Los servidores públicos restaron la importancia que el caso ameritaba, minimizaron los riesgos, violentaron sus derechos humanos y se enfocaron únicamente a que se cumplieran las expectativas laborales, aun cuando existió disponibilidad para que otros funcionarios atendieran las peticiones del Ministerio Público de la Federación.

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La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 61/2017, dirigida al Gobernador del Estado de San Luis Potosí, Juan Manuel Carreras López, con motivo de una serie de acciones por parte de autoridades de la Secretaría de Cultura, que afectaron los derechos humanos al trato digno y a una vida libre de violencia de una trabajadora que recibió tratos contrarios a su dignidad los cuales que pusieron en riesgo su integridad.

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