
La omisión de las autoridades federales para adoptar acciones de carácter normativo, administrativo y de políticas públicas para regular adecuadamente el manejo de los plaguicidas altamente peligrosos, en todo su ciclo de vida constituyen violaciones a los derechos humanos a la alimentación, al agua salubre, a un medio ambiente sano y a la salud, por lo que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), dirigió la Recomendación 82/2018 a los titulares de la Secretarías del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER), Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), y del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA).
Sobre la violación a los derechos humanos a la alimentación, al agua salubre, a un medio ambiente sano y a la salud, por el incumplimiento a la obligación general de debida diligencia para restringir el uso de plaguicidas de alta peligrosidad, en agravio de la población en general.
Sobre el caso de la falta de debida diligencia en las actividades de supervisión y mantenimiento de las líneas subterráneas de distribución de energía eléctrica en el Municipio de Reynosa, Tamaulipas, que derivaron en el fallecimiento de V1 por electrocución.
Sobre el caso de la violación del derecho a la vida en agravio de V1 y de sus familiares V2 y V3, por la falta de debida diligencia en las actividades de supervisión y mantenimiento de las líneas aéreas de distribución de energía eléctrica en el Municipio de Ciudad Guadalupe, Nuevo León, por parte de servidores públicos de la Comisión Federal de Electricidad y de CFE distribución, que derivaron en el fallecimiento de V1 por electrocución
Sobre el Recurso de Impugnación contra la declinación de competencia de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Tlaxcala, en el caso de vulneración a los derechos de acceso a la justicia, integridad personal y trato digno de V1, V2, V3, V4, V5, V6, V7, V8, V9, V10, V11, V12, V13, V14, V15, V16, V17 y V18.