En su Recomendación 38/2024, dirigida al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) acreditó violaciones a los derechos humanos de una paciente que sufrió un accidente y a quien no se le otorgó atención adecuada en tres hospitales de la Ciudad de México, por lo que solicitó reparar integralmente el daño causado a sus familiares y otorgarles la compensación que en derecho proceda.
Luego de comprobar que personal médico del Hospital General de Subzona número 38 (HGSZ-38) en San José del Cabo, Baja California Sur, omitió acciones para la prevención de infecciones en el tratamiento de una recién nacida, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 37/2024 al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos relativos al derecho a la salud, a una vida libre de violencia obstétrica e institucional, así como al acceso a la información en agravio de QV1, y de manera indirecta a VI1 en el Hospital Rural IMSS-Bienestar de Villa Ávila Camacho “La Ceiba”, en Xicotepec, Puebla
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y proyecto de vida de QV y al acceso a la información en materia de salud en agravio de QV, VI1 y VI2 por personal médico de la Unidad de Medicina Familiar N° 13 y del Hospital General de Zona N° 2 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida por inadecuada atención médica, al trato digno como persona adulta mayor en agravio de V; así como, al acceso a la información en materia de salud en agravio de V y QVI, por personal del Hospital General Regional Número 1 del Instituto Mexicano del Seguro Social en Mérida, Yucatán
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud de V, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI y VI1, atribuibles a personal del Hospital General de Zona No. 13, del Instituto Mexicano del Seguro Social en Matamoros, Tamaulipas
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección a la salud, al trato digno en agravio de V; así como, al acceso a la información en materia de salud, en perjuicio de QVI, VI1, VI2, VI3 en la Unidad Médica de Alta Especialidad Hospital de Especialidades No. 2 “Luis Donaldo Colosio Murrieta”, en Ciudad Obregón, Sonora, y en el Hospital General de Zona Número 3, en Navojoa, Sonora, ambos del Instituto Mexicano del Seguro Social
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, y a un trato digno en agravio de V, persona adulta mayor, portador de virus de inmunodeficiencia humana (VIH) así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI, VI1, VI2, VI3, VI4 y VI5, atribuibles a personal del Hospital General de Zona No. 46 del Instituto Mexicano del Seguro Social en Villahermosa, Tabasco
El retraso en el diagnóstico y tratamiento oportuno de la enfermedad neurológica que sufría una adolescente, por parte de personal del Hospital General de Zona número 15 (HGZ-15) y del Hospital General Regional número 270 (HGR-270), ubicados en Reynosa, Tamaulipas, provocaron el deterioro de su salud y posterior fallecimiento, según consta en la Recomendación 35/2024 emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y al interés superior de la niñez de V, así como al acceso a la información en materia de salud, en agravio de QV y VI1, por personal médico del Hospital General de Subzona No. 22 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Nuevo Casas Grandes, Chihuahua




