Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a una vida libre de violencia obstétrica de QV, a la vida y al interés superior de la niñez de V, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QV, VI1, y VI2 en el Hospital General de Zona con medicina familiar No. 1 del Instituto Mexicano del Seguro Social en Pachuca, Hidalgo
Derivada de una inadecuada atención médica, la cual provocó que una paciente tuviera complicaciones y, como consecuencia, se le practicara una histerectomía total, y dado que tales acciones constituyen violaciones a los derechos humanos relativos a la protección de la salud, a la integridad personal, a una vida libre de violencia obstétrica, a la libertad y autonomía reproductiva, atribuibles a personal de la Unidad de Medicina Familiar número 220 (UMF-220) y del Hospital de Ginecología y Obstetricia número 221 (HGO-221) en Toluca, Estado de México, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 101/2023 al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a una vida libre de violencia obstétrica de QV y V, a la vida por inadecuada atención médica y al interés superior de la niñez en agravio de V recién nacido, así como también al acceso a la información en materia de salud en agravio de QV y QVI, en el Hospital General de Subzona con medicina familiar número 46 en Umán, Hospital General de Zona Número 1 y la Unidad Médica de Alta Especialidad ambos en Mérida, del IMSS, en Yucatán
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos relativos a la protección de la salud, a la integridad personal, a una vida libre de violencia obstétrica, a la libertad y autonomía reproductiva en agravio de V1, en la Unidad de Medicina Familiar 220 y el Hospital de Ginecología y Obstetricia 221, del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Toluca, Estado de México
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos relativos a la protección a la salud, a la vida de V1, a una vida libre de violencia obstétrica, de V1 y V2; y daño al proyecto de vida de V2, V3, V4, y V5, en el Hospital General de Zona y Unidad de Medicina Familiar No.2, en Zacapu, y en el Hospital General Regional No. 1, en Morelia, Michoacán, ambos del IMSS
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a una vida libre de violencia obstétrica, a la vida y al interés superior de la niñez, por inadecuada atención médica en agravio de V; así como, al acceso a la información en materia de salud, en agravio de QV, en el Hospital General de Zona Número 3 del IMSS, en Navojoa, Sonora.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 180/2022 al titular del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), Pedro Mario Zenteno Santaella, por violaciones a los derechos humanos a la protección a la salud, a la integridad personal, a una vida libre de violencia obstétrica, a la libertad y autonomía reproductiva, y daño al proyecto de vida, en agravio de una víctima, paciente en el Hospital General “Dr. Fernando Quiroz Gutiérrez” de la Ciudad de México (CDMX), atribuibles a personal de ese nosocomio.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección a la salud, a la integridad personal, a una vida libre de violencia obstétrica, a la libertad y autonomía reproductiva en agravio de V así como el daño al proyecto de vida en su agravio y de VI1, en el Hospital General “Dr. Fernando Quiroz Gutiérrez” del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en la Ciudad de México.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación 114/2022 al director general del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), Pedro Mario Zenteno Santaella, por violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a una vida libre de violencia obstétrica, a la vida y al interés superior de la niñez, cometidos por al menos cuatro personas servidoras públicas integrantes del personal médico y de enfermería de la Clínica Hospital B del ISSSTE en Delicias, Coahuila, en contra de una mujer que sufrió desprendimiento total de placenta y de su hija recién nacida, quien perdió la vida con diagnóstico de insuficiente oxigenación cerebral y síndrome post parto.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a una vida libre de violencia obstétrica, a la vida y al interés superior de la niñez, en agravio de QV y V, menor recién nacida, por inadecuada atención médica y acceso a la información en materia de salud.